SAP Salamanca 422/2005, 4 de Octubre de 2005

PonenteJOSE BORREGO LOPEZ
ECLIES:APSA:2005:608
Número de Recurso480/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución422/2005
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 422/05

Ilmo. Sr. Presidente

DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO

Ilmos. Sres. Magistrados

DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

DON JAIME MARINOBORREGO

En la Ciudad de Salamanca, a cuatro de Octubre del dos mil cinco.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal Civil número 771/04 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Salamanca , Rollo de Apelación Nº 480/05; han sido partes en este recurso: como demandante-apelada la ENTIDAD LOCAL MENOR NAVAGALLEGA, representada por la Procuradora Dª. Elisa Martín San Pablo y defendida por la Letrada Dª Manuela Crisóstomo García y como demandada-apelante la ENTIDAD "GANADERA NAVAGALLEGA S.L.", representada por el Procurador D. Diego Sánchez de la Parra y Septien y defendida por el Letrado D. Manuel Pedro Sánchez Sánchez; sobre Desahucio por precario.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 12 de Enero de 2.005 se dictó sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia Nº 6 de Salamanca que contiene el siguiente: "FALLO: En la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Elisa Martín San Pablo, en nombre y representación de la Entidad Local Menor Navagallega, en concepto de demandante y como demandada la entidad Ganadera Navagallega S.L, declarada en rebeldía procesal, la estimo en su integridad y declaro que la demandada está ocupando el monte de utilidad pública número 82 que pertenece a la Entidad Local Menor de Navagallega (Salamanca) en situación de precario, debiendo ser apercibida de que tendrá lugar su lanzamiento si no procede a su desalojo, y le impongo las costas originadas en el presente procedimiento".

  2. - Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones y terminó suplicando se dicte Sentencia estimatoria del presente Recurso que revoque la Sentencia de Instancia combatida, dicte en su lugar otra declarando no haber lugar al desahucio en precario, así como condenar al demandado a las costas tanto de la instancia como del presente Recurso; dado traslado a la parte demandante de la interposición del recurso, por ésta se opuso al mismo haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus intereses para terminar suplicando se dicte resolución en la que rechazando el recurso presentado, se...

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