SAP Pontevedra 203/2006, 2 de Mayo de 2006

PonenteANTONIO JUAN GUTIERREZ RODRIGUEZ-MOLDES
ECLIES:APPO:2006:757
Número de Recurso46/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución203/2006
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA Nº:203/2006

En PONTEVEDRA, a dos de Mayo de dos mil seis

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 137/2004, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Villagarcía de Arosa (Rollo de Sala número 46/2006) en el que son partes como apelante: DIRECCION000 DE VILLAGARCÍA; que se personó en esta instancia representado por el procurador D. Pedro Antonio López López; y como apelados: CAMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN ,que se personó en esta instancia representada por la procuradora Dª Alejandra Freire Riande; y CAIXA DE AFORROS DE VIGO, OURENSE E PONTEVEDRA, que se personó en esta instancia representada por el procurador D. Pedro Sanjuán Fernández, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 14 de octubre de 2005, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: Se desestima la demanda presentada por la procuradora Sra. Doldán de Cáceres, en nombre y representación de la DIRECCION000 DE VILLAGARCIA DE AROSA, frente a la entidad CAIXANOVA y la CAMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN , absolviendo a la parte demandada de las pretensiones formuladas en su contra; todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandante.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación de la DIRECCION000 de Villagarcía, recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por la representación de Caixa de Aforros de Vigo, Ourense e Pontevedra, y por la representación de Camara de Comercio, Industria y Navegación.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 27 de febrero de 2006, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada.

PRIMERO

Posiblemente existen otras cuestiones que subyacen en la presente litis, otros hechos, otros intervinientes, otros interesados, a los que alude entre líneas el último apartado del recurso de la Comunidad de Propietarios demandante, pero lo cierto es que no pueden tener transcendencia en este juicio en el que se pretenden unos concretos pronunciamientos que afectan a esa parte actora y a las dos partes demandadas por la operación de compraventa entre ellas formalizada.

La cuestión básica, en cuanto condiciona el resto del juicio, es la declaración de que el que se denomina terreno destinado a zona verde y viales es un elemento común que pertenece de forma exclusiva a la Comunidad demandante. Este terreno coincide con la finca que fue objeto, entre otras, de la compraventa otorgada entre las dos entidades demandadas con fecha 28 de diciembre de 2001 (f. 179), cuya...

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