SAP Las Palmas 409/2005, 15 de Septiembre de 2005

PonenteCARMEN MARIA SIMON RODRIGUEZ
ECLIES:APGC:2005:2716
Número de Recurso460/2005
Número de Resolución409/2005
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Victor Caba Villarejo

Magistrados:

D./Dª. Victor Manuel Martín Calvo

D./Dª. Carmen Maria Simon Rodriguez (Ponente)

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a QUINCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO.

VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº ONCE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA en los autos referenciados (VERBAL 902/2003 ) seguidos a instancia de doña DOÑA Diana y de doña Patricia , parte apelada, representada en esta alzada por el Procurador don Agustín Quevedo Castellano y asistida por el Letrado doña Dolores Vega Griera, contra DON Carlos Miguel Y DOÑA Carmen , parte apelante, representada en esta alzada por el Procurador don Alejandro Valido Farray y asistida por el Letrado don José Manuel Mentado Batista, siendo ponente la Sra. Magistrada Doña Carmen Maria Simon Rodriguez, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia No. ONCE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: «

Que con estimación parcial de la demanda interpuesta en el presente procedimiento por Dª Diana y Dª Patricia , representadas por el Procurador D. Agustín Quevedo Castellano, contra D. Carlos Miguel y Dª Carmen , representados por el Procurador D. Jesús Quevedo González:

Primero

DEBO DECLARAR Y DECLARO el sobreseimiento de la acción de desahucio ejercitada en el presente procedimiento.

Segundo

DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Carlos Miguel a que abone a la parte actora la cantidad de 5.242'52 euros.

Tercero

DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Dª Carmen de los pedimentos contenidos en la demanda.

Cuarto

Todo ello con expresa condena en las costas del juicio a la parte demandada.»

SEGUNDO

La referida sentencia, de fecha 01/10/2004 , se recurrió en apelación por la partedemandada, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló para discusión, votación y fallo el día 08/07/2005.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora ejercitó en su demanda acciones de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas, sustentando dichas pretensiones en los siguientes hechos: 1.- Que las actoras son dueñas de la vivienda a que se contraen estas actuaciones sita en la C/ DIRECCION000 nº NUM000 de esta Ciudad; 2.- Que con fecha de 29 de marzo de 2001, se concertó entre la actora y los demandados contrato de arrendamiento fijándose el importe de la renta en la suma de 480,81 € mensuales y; 3.- Que la parte arrendataria en la fecha de interposición de la demanda -julio de 2003- adeudaba la renta correspondiente a los meses de mayo, junio y julio ascendiendo el importe de lo adeuda a la cantidad de

1.442,43 €.

Posteriormente y antes de que se procediera a la citación de los demandados a juicio, la parte actora presentó escrito poniendo en conocimiento del juzgado que los demandados habían abandonado voluntariamente la vivienda arrendada el 4 de febrero de 2004, razón por la que se solicitaba la continuación del procedimiento sólo por la acción de reclamación de rentas y cantidades asimiladas. La actora además puso de manifiesto que a esa fecha el importe de la deuda se cifraba en 5.723,33 € -rentas de los meses de agosta a diciembre de 2003, así como enero de 2004, y recibos de suministro de agua y luz por importe de

1.396,04 €-. Los demandados se opusieron a la demanda alegando que abandonaron la vivienda arrendada en julio de 2003, fecha en la que concretaron nuevo contrato de arrendamiento, añadiendo que la parte actora no le ha...

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