SAP Palencia 259/2005, 26 de Octubre de 2005

PonenteMAURICIO BUGIDOS SAN JOSE
ECLIES:APP:2005:244
Número de Recurso90/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución259/2005
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente

DON ANGEL MUÑIZ DELGADO

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE

DON IGNACIO JAVIER RAFOLS PEREZ

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Palencia, a veintiséis de octubre de dos mil cinco. VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PALENCIA, los Autos de JUICIO VERBAL 0000441 /2004, sobre reclamación de cantidad, procedentes del JDO.1A. INST. E INSTRUCCION de CARRION DE LOS CONDES , en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 10 de diciembre de 2004 , a los que ha correspondido el Rollo 0000090 /2005, en los que aparece como parte apelante D. Carlos Manuel y COMPAÑÍA DE SEGUROS AEGON representados por la

Procuradora Dª. Mª VICTORIA CORDON PEREZ, y asistidos por el Letrado D. JERONIMO CENTENO GONZALEZ, y como apelado DOÑA Guadalupe representada por la Procuradora DOÑA ELENA RODRIGUEZ GARRIDO, y asistida por el Letrado D. LEOPOLDO MARCOS MARINA, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice: Estimo parcialmente la demanda interpuesta por Guadalupe contra Carlos Manuel y la compañía de seguros Aegón y, en su virtud, condeno de manera principal a la compañía de seguros Aegón y subsidiariamente a Carlos Manuel a que abonen al actor la cantidad de 1174,37 euros más el interés del art. 20 de la Ley de contrato de seguro para la compañía aseguradora desde la fecha del siniestro y para el codemandado el interés legal desde la fecha de la presentación de la demanda.- Sin imposición de costas".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia interpuso la parte demandada el presente Recurso de Apelación, exponiendo las alegaciones en las que se basaba su impugnación, que fue admitido en ambos efectos, y previo traslado a las demás Partes para que presentaran escritos de impugnación u oposición, fueron elevados los autos antes esta Audiencia, y al no haber sido propuesta prueba, es procedente dictar sentencia.

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente Resolución.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia que dicta el Juzgado de 1ª Instancia de Carrión de los Condes en fecha 10 de diciembre de 2004 y por la cual se condena a la Compañía de Seguros Aegón, y de forma subsidiaria a Carlos Manuel , a que abonen al actor la cantidad de 1174,37 Euros, importe de los daños y perjuicios sufridos por la actora a consecuencia de accidente de trafico origen de las presentes actuaciones, esrecurrida por la representación de Aegón que sostiene la existencia de error en la valoración probatoria; considera que la responsabilidad en el accidente no es de su defendido y en consecuencia de tampoco de la Compañía de Seguros Aegón, y subsidiariamente solicita que entender, como ya el Juzgador "a quo" ha estimado, la existencia de concurrencia de culpas, se considere que el porcentaje de responsabilidad que se atribuye en la sentencia de instancia en vez del 85% y 15% que se determina en la misma sea de 50% para cada uno de los implicados.

La parte apelada por contra...

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