SAP Las Palmas 374/2005, 23 de Junio de 2005

PonenteCARLOS AUGUSTO GARCIA VAN ISSCHOT
ECLIES:APGC:2005:2006
Número de Recurso823/2004
Número de Resolución374/2005
Fecha de Resolución23 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Ángel Guzmán Montesdeoca Acosta

Magistrados:

D./Dª. Carlos García Van Isschot (Ponente)

D./Dª. Mónica García de Yzaguirre

En Las Palmas de Gran Canaria , a 23 de junio de 2005 .

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 21 de junio de 2004

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. María Inmaculada

VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN QUINTA , el recurso de apelación admitido a la parte demandante , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 21 de junio de 2004 , seguida esta apelación a instancia de D./Dña. María Inmaculada representados por el Procurador D./Dña. Manuel León Corujo y dirigidos por el Letrado D./Dña. Macarena Aparicio González , contra D./Dña. D. Juan Miguel declarado en rebeldía .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada dice: " En atención a lo expuesto, y en virtud de las facultades que me confiere el Ordenamiento Jurídico, he decidido estimar parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Casanova López, en nombre y representación de Dª María Inmaculada contra D. Juan Miguel , debo declarar y declaro no haber lugar a la reclamación en el presente procedimiento de las pensiones alimenticias no satisfechas por este, no haber lugar a privación de la patria potestad, ACORDANDO la modificación de las medidas acordadas en Sentencia dictada en procedimiento de Menor Cuantía 284/1998 , respecto del régimen de visitas, estipulándose el que ambos cónyuges puedan de mutuo acuerdo regular y en su defecto, reduciéndolo a los sábados de 17:00 a 20:00 horas siempre en presencia de su madre, o algún familiar del entorno materno o en compañía de su abuela paterna, sin que haya lugar a la imposición de costas. .

SEGUNDO

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 23 de junio de 2005 .

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Ilmo. Sr. D. Carlos García Van Isschot , quien expresael parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La progenitora apelante insiste en su tesis de la necesidad de privar al progenitor varón de la patria potestad sobre su hijo común -nacido el 23-11-1993- sobre la base de que el Juan Miguel no ha cumplido con la contribución alimenticia desde abril de 2002 y porque no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR