SAP Las Palmas 96/2005, 8 de Marzo de 2005
Ponente | VICTOR MANUEL MARTIN CALVO |
ECLI | ES:APGC:2005:640 |
Número de Recurso | 622/2004 |
Número de Resolución | 96/2005 |
Fecha de Resolución | 8 de Marzo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª |
SENTENCIA
Iltmos. Sres.
Presidente:
D./Dª. VICTOR CABA VILLAREJO
Magistrados:
D./Dª. VICTOR MANUEL MARTIN CALVO (PONENTE)
D./Dª. CARMEN MARIA SIMON RODRIGUEZ
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a ocho de marzo de dos mil cinco;
VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Telde en los autos referenciados (Juicio Ordinario nº 381/03 ) seguidos a instancia de DON Jose Daniel , parte apelada, representado en esta alzada por el Procurador Don José Antonio de la Cueva Lang Lenton y asistido por el Letrado Don Víctor M. Beneyto Naranjo, contra DON Pedro Jesús Y Valentina
, parte apelante, representados en esta alzada por la Procuradora Doña Ana Teresa Kozlowski Betancort y asistidos por la Letrada Doña Edith Volo Pérez, siendo ponente el Sr. Magistrado Don VICTOR MANUEL MARTIN CALVO, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia No. 6 de Telde, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: «Que estimando la demanda presentada en nombre y representación de D. Jose Daniel contra D. Pedro Jesús y contra Dª Valentina , debo: A) Declarar que el actor Sr. Jose Daniel es propietario de la parcela número D-6 del plano de urbanización de la finca matriz, sita en la Urbanización de Vargas, del término municipal de Agüimes, hoy día calle de Tomas A. Edison número veintitrés. Ocupa una superficie de mil metros cuadrados y linda: Al norte, con parcela D-5; Al sur, con parcela D-7; Al naciente, con parcela n° 22 y al Poniente, con calle de acceso a las parcelas marcadas con la letra D. Y de de la casa-chalet de una sola planta, de doscientos cincuenta y cinco metros cuadrados construida sobre dicha parcela, cuya referencia catastral es la 002200500DS68E. B) Declarar nulo el contrato fechado en la Villa de Agüimes el treinta de Diciembre de mil novecientos noventa y tres, celebrado entre D. Jose Pablo , como vendedor y los Sres. Pedro Jesús y Valentina , como compradores y que tenía por objeto la venta de una parcela de 956 metros cuadrados y bungalow construido sobre la misma con referencia catastral 002200500DS68E, situada en la calle Edison número 23, de la Urbanización Lago Edén en la Playa de Vargas del término municipal de Agüimes; C) Condenar a los referidos codemandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones, a que se abstengan de cualquier acto encaminado a la inscripción en el Registro de la Propiedad del referido contrato como a restituir al actor en la posesión de dicha finca...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba