SAP Las Palmas 108/2005, 14 de Marzo de 2005
Ponente | EMMA GALCERAN SOLSONA |
ECLI | ES:APGC:2005:702 |
Número de Recurso | 714/2004 |
Número de Resolución | 108/2005 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª |
SENTENCIA
Iltmos. Sres.
Presidente:
D./Dª. Victor Caba Villarejo Magistrados:
D./Dª. Emma Galcerán Solsona (Ponente) D./Dª. Carmen Maria Simon Rodriguez En Las Palmas
de Gran Canaria , a 14 de marzo de 2005 . SENTENCIA APELADA DE FECHA: 21 de enero de 2004 APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. DIRECCION000 VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN CUARTA , el recurso de apelación admitido a la parte demandada , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 21 de enero de 2004 , seguidos a instancia de D./Dña. Admapar Sa. representado por el Procurador D./Dña. Antonio J. Enríquez Sánchez y dirigido por el Letrado D./Dña. Sandra Espinosa Rodríguez , contra D./Dña. DIRECCION000 , parte aquí apelante, representado por el Procurador D./Dña. Gerardo Pérez Almeida y dirigido por el Letrado D./Dña. Maria Del Carmen Calcines Piñeiro .
El Fallo de la Sentencia apelada dice textualmente: "Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Dña. Gloria Mora Lama, en nombre y representación de la entidad "ADMAPAR, S.A." contra la Comunidad de Propietarios de los Apartamentos Samoa debo declarar el derecho de la entidad demandante a la tenencia de una llave de la sala de máquinas perteneciente a la Comunidad de Propietarios del Complejo de Apartamentos Samoa, así como a su derecho a la tenencia de la llave de registro del agua de abasto de la misma Comunidad, condenando a la citada comunidad a hacer entrega efectiva de las referidas llaves; así como al inmediato desalojo de los objetos depositados en la sala de máquinas que no sean los estrictamente necesarios para el buen uso y destino de la misma, todo ello con expresa imposición al demandado de las costas procesales causadas" .
La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 1 de febrero de 2005 .
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Emma Galcerán Solsona , quien expresa el parecer de la Sala.
Es objeto del presente recurso de apelación la sentencia de 21 de enero de 2004 , por la que estimando la demanda formulada, se declaró el derecho de la entidad demandante a la tenencia de una llave de la sala de máquinas perteneciente a la comunidad de Propietarios del Complejo de Apartamentos Samoa, así como su derecho a la tenencia de la llave de registro del agua de abasto de la mismacomunidad, condenando a la citada comunidad a hacer entrega efectiva de las referidas llaves; así como al inmediato desalojo de los objetos depositados en la sala de máquinas que no sean los estrictamente...
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