SAP Palencia 10/2005, 24 de Enero de 2005
Ponente | CARLOS JAVIER ALVAREZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:APP:2005:8 |
Número de Recurso | 390/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 10/2005 |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª |
SENTENCIA NUMERO DIEZ SEÑORES DEL TRIBUNAL
Ilmo. Sr. Presidente
Don Carlos Javier Alvarez Fernández
Ilmos. Sres. Magistrados
Don Mauricio Bugidos San José
Don Miguel Donis Carracedo
---------------------------------------------En la ciudad de Palencia, a veinticuatro de Enero de 2.005.
Vistos, en grado de Apelación ante esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal sobre Incapacidad provenientes del Juzgado de Primera Instancia numero 2 de Palencia, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 14 de Mayo de 2.004 , entre partes, de un lado, como apelantes, DON Héctor , representado por la Procuradora Doña Rosario del Val Hermoso y defendido por el Letrado Don F. Alvarez-Touchard Paz, además del MINISTERIO FISCAL, y, de otra, como apelada, DOÑA María del Pilar , representado por el Procurador Don José Carlos Hidalgo Freyre, y defendida por la Letrado Doña Concepción Alvarez González; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don Carlos Javier Alvarez Fernández.
SE ACEPTAN los antecedentes fácticos de la Sentencia impugnada. ANTECEDENTES DE HECHO
Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice: "Que estimando la demanda interpuesta por Doña María del Pilar , debo declarar y declaro al demandado Don Héctor incapaz para administrar su persona y bienes, debiéndose constituir el régimen de tutela una vez firma la presente resolución. No se hace especial imposición de las costas en el presente procedimiento. Notifíquese la presente resolución al Registro Civil de Meruelo (Cantabria) y a la Oficina del Censo Electoral a los efectos previstos legalmente".
Contra dicha Sentencia presentó la parte demandada, DON Héctor escrito de preparación del presente recurso de apelación, y asimismo lo hizo en igual sentido el MINISTERIO FISCAL, dictándose providencia teniendo por preparado el recurso de apelación y emplazando a dichas partes para que lo interpusieran en el plazo legal.
Los recurrentes presentaron en el plazo previsto y ante el Juzgado de instancia el escrito interponiendo el recurso de apelación, dictándose providencia dándose traslado a las demás partes para que en el plazo de diez días presentaran escrito de oposición al recurso, o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultare desfavorable.
La parte apelada DOÑA María del Pilar presentó dentro de plazo escrito de Oposición a los recursos de apelación interpuestos por las partes contrarias, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial para resolver el recurso de apelación.
SE ACEPTAN los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida.
Contra la sentencia de...
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