SAP Barcelona 575/2005, 20 de Octubre de 2005

PonenteMIREIA RIOS ENRICH
ECLIES:APB:2005:8839
Número de Recurso305/2005
Número de Resolución575/2005
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA N ú m. 575/2005

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PÉREZ

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a veinte de octubre de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 521/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 47 de los de Barcelona , a instancia de Dª. Amanda , contra D. Braulio ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte DEMANDADA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 12 de Enero de 2.005, por la Sra. Juez Sustituta del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo la demanda interpuesta por Amanda contra Braulio . Declaro resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Barcelona, CALLE000 número NUM000 , NUM001 NUM002 de Barcelona, suscrito el dieciocho de febrero de 1991, por concurrir causa de denegación de la prórroga forzosa por necesitarla para sí el arrendador. Condeno a Braulio a dejar libre la vivienda a disposición del actor, con apercibimiento que de no hacerlo así se procederá a su lanzamiento.

Se condena al demandado al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó en tiempo y forma mediante el oportuno escrito de oposición al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 29 de Septiembre de 2005.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MIREIA RÍOS ENRICH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Pretende la demandante DOÑA Amanda en este proceso la resolución del contrato de arrendamiento que liga a las partes sobre la vivienda sita en la CALLE000 número NUM000 , piso NUM001

- NUM002 de Barcelona, al amparo del artículo 62, de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 y, concretamente, por cuanto su hija DOÑA Mercedes , a mediados del año 2.002, tras su separación conyugal, ha regresado a Barcelona y necesita ocupar la vivienda arrendada para residir en la misma junto con sus dos hijos.

A tal fin, por requerimiento de fecha 4 de junio de 2.003 denegó al arrendatario DON Braulio la prórroga del contrato de arrendamiento por necesidad de su hija la cual se halla viviendo desde el año 2.002 junto con sus dos nietos en el domicilio de la actora, sito en la calle DIRECCION000 número NUM003 , NUM005 - NUM004 , de Barcelona, sin que tengan otra residencia distinta de la arrendada.

SEGUNDO

Es conocida doctrina de los Tribunales que por necesidad debe...

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