SAP Zaragoza 420/2006, 23 de Junio de 2006
Ponente | MARIA JESUS DE GRACIA MUÑOZ |
ECLI | ES:APZ:2006:2131 |
Número de Recurso | 511/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 420/2006 |
Fecha de Resolución | 23 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª |
SENTENCIA NUMERO CUATROCIENTOS VEINTE
Ilmos. Señores:|
Presidente:|
D. Juan I. Medrano Sánchez
Magistrados:|
D. Eduardo Navarro Peña
Dª Mª Jesús de Gracia Muñoz
En Zaragoza a veintitrés de Junio de dos mil seis.
En nombre de S.M. el Rey
--------------------------------------------VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 6 de julio de 2005 por el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de Zaragoza, en autos de juicio ordinario seguidos con el número 82 de 2005, sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 511 de 2005 en el que han sido partes, apelantes, los demandados D. Oscar y Dª María Milagros representados por el Procurador D. Isaac Giménez Navarro y asistidos del Letrado D. Fernando Zamora Martínez, y, apelada, la demandante Comunidad de Propietarios C/. DIRECCION000 nº NUM000 (Bª Monzalbarba) representada por el Procurador D. Antonio-Jesús Bozal Ochoa y asistida del Letrado D. Víctor Baquedano Castarlenas, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª Mª Jesús de Gracia Muñoz , que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/. DIRECCION000 Nº NUM000 BARRIO DE MONZALBARBA, contra Oscar y María Milagros ,
A.- Debo declarar y declaro:
-
- Que la franja de terreno ocupada por los demandados, que va desde la C/. DIRECCION000 hasta la Acequia de Quinto, de 35 centímetros de ancho y 30 metros de longitud, con 10,50 metros cuadrados, pertenece y forma parte a la demandante, debiendo los demandados dejarla vacua, libre y a disposición de la actora para la colocación de los correspondientes hitos en el lindero original donde anteriormente estabala tapia medianil.
-
- Que se autoriza a la actora para proceder a realizar el revestimiento de la pared del edificio de la DIRECCION000 nº NUM000 de Monzalbarba que se halla en frente de la propiedad de los demandados y que no se encuentra revestida; consistente en protección con maestrado y jarrado de mortero de cemento o yeso y posterior aplicación de pintura acrílica, a través de la propiedad de los demandados causándoles la mínima incomodidad, con gastos a cargo de la actora y abono de la correspondiente indemnización, de producirle algún perjuicio a la parte demandada.
B.- Debo desestimar y desestimo la obligación de los demandados de que se abstengan de efectuar saturaciones de aguas pro riego de plantas existentes en las inmediaciones de finca de la actora y que produzcan filtraciones y perjuicios en la misma; así como la obligación de los demandados de cortar las raíces de los árboles de su finca, que se introduzcan en la casa nº NUM000 de C/. DIRECCION000 de Monzalbarba, propiedad de la actora, para no producir perjuicios al fondo colindante.
C.- No se hace una especial imposición de las costas causadas, si bien el informe del perito judicial de D. Silvio se abonará por partes iguales. "
Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de los demandados D. Oscar y Dª María Milagros , se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación. Dado traslado a la parte demandante, formuló oposición al presente recurso, remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.
Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, sin celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 6 de junio de 2006, en que tuvo lugar.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
La parte actora, entre otras peticiones, solicitaba que se declarara que la franja de terreno que va desde la DIRECCION000 hasta determinada...
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