SAP Cáceres 257/2006, 31 de Mayo de 2006
Ponente | JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA |
ECLI | ES:APCC:2006:410 |
Número de Recurso | 323/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 257/2006 |
Fecha de Resolución | 31 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚM.- 257/06
Ilmos. Sres.PRESIDENTE:
DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA =
MAGISTRADOS:
DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA =
DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =
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Rollo de Apelación núm.- 323/06 =
Autos núm.- 592/05 =
Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Navalmoral de la Mata =
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En la Ciudad de Cáceres a treinta y uno mayo de dos mil seis.
Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio Verbal núm.- 592/05 del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Navalmoral de la Mata , siendo parte apelante, el demandado DON Sebastián , no comparecido en esta alzada al momento de dictarse la presente resolución, representado en la instancia por la Procuradora de los Tribunales Sra. Fuentes Machuca y defendido por el Letrado Sr. Rincón García, y como parte apelada, la demandante DOÑA Margarita , representada en esta alzada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Sánchez-Rodilla Sánchez y en la instancia por la Procuradora de los Tribunales Sra. Núñez Miranda, defendida por el Letrado Sr. Sánchez López.
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Navalmoral de la Mata, en los Autos núm.-592/05 con fecha 17 de marzo de 2006, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Dª. Margarita contra D. Sebastián , debo acordar y acuerdo que la actora sea reintegrada en la posesión, condenando a D. Sebastián a la retirada del candado que cierra la cancela o puerta colocada en el camino de acceso a su finca y que impide el libre transito por el indicado camino, y a abstenerse en el futuro a realizar actos que perturben la posesión de la actora, con imposición de las costas al demandado. (Sic)
Frente a la anterior resolución y por la parte demandada, se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los arts. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada ley procesal .
Formalizado en tiempo y forma el recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C ., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.
Presentado escrito de oposición al recurso por la representación de la parte demandante, se remitieron los autos originales a esta Audiencia Provincial previo emplazamiento de las partes por término de 30 días de conformidad con lo establecido en el art. 463.1 de la L.E.C., reformado por Ley 22/2003 de 9 de julio, Concursal.
Recibidos los autos en la Audiencia Provincial, los que por turno de reparto hancorrespondido a esta Sección 1ª, se procedió a incoar el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia; y habiéndose evacuado el trámite de emplazamiento conferido a las partes al momento de dictarse la presente resolución, únicamente por la representación de la parte apelada- demandante, no habiéndose propuesto prueba por ninguna de ellas, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para la DELIBERACIÓN Y FALLO el día 29 de mayo de 2006, quedando los autos para dictar sentencia en el plazo que determina el art. 465 de la L.E.C ..
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA.
En el escrito inicial del procedimiento se promovió demanda de juicio verbal para recobrar la posesión, solicitando la condena del demandado para reintegre la posesión y a la retirada del candado que cierra la puerta colocada en el camino de acceso a su finca, y que impide el libre tránsito por el camino; pretensión que fue estimada en la sentencia de instancia, y disconforme el demandado se alza el recurso de apelación alegando, en...
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