SAP Alicante 190/2006, 6 de Abril de 2006
Ponente | JAVIER GIL MUÑOZ |
ECLI | ES:APA:2006:592 |
Número de Recurso | 64/2006 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 190/2006 |
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº 190/2006
ROLLO DE APELACION Nº 64/06
JUICIO DE FALTAS Nº 155/04
JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 3 de Elche
En la Ciudad de Elche, a seis de Abril de dos mil seis.
El Iltmo. Sr. D. Javier Gil Muñoz, Magistrado de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial con sede en la Ciudad de Elche, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 26 de Julio de 2005, dictada por el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 de Elche, en Juicio de Faltas nº 155/04 , sobre lesiones, habiendo actuado como parte apelante D. Iván , dirigida por el Letrado D. José Tomás Saura Carrasco; y como partes apeladas la mercantil aseguradora "Allianz", dirigida por el Letrado D. José Pita García, y el Consorcio de Compensación de Seguros.
Se admiten y se dan por reproducidos los HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada.
El FALLO de dicha sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Iván como autor responsable de una falta de imprudencia leve con resultado de lesiones tipificada en el artículo 621,3 del Código Penal , a la pena de 15 días multa con una cuota diaria de 3 euros, lo que hace un total de 45 euros con 7 días de localización permanente en caso de impago, y previa exacción de sus bienes y al pago de las costas y a que indemnice a Lázaro en la cantidad de 14.463,71 euros por daños personales y en 1.585 euros por gastos médicos, con la responsabilidad civil subsidiaria de "Shoenda Internacional, S.L.", y la responsabilidad civil directa del Consorcio de Compensación de Seguros, la cual deberá abonar el interés reflejado en el fundamento jurídico quinto de esta resolución."
Contra dicha sentencia, en tiempo y forma, porla parte apelante, se interpuso el presente recurso, que fue admitido a trámite, elevándose las actuaciones a esta Audiencia, donde, previa formación del rollo nº 64/06, de esta Sección Séptima, quedaron sobre la mesa para su resolución.
En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente recurso se observaron las formalidades legales.
Se alega como único motivo del recurso error en la valoración de la prueba. Sostiene el recurrente que la causa de las lesiones sufridas por el denunciante no son consecuencia de un...
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SAP Santa Cruz de Tenerife 285/2013, 2 de Septiembre de 2013
...acuerdo de aprobación de cuentas no podría ser puesta en entredicho por ese motivo". En el mismo sentido, SS.A.P. de Alicante de 16-6-05 o 6-4-06 o de La Coruña de 11-7-08, parcialmente trascrita en el escrito de oposición al recurso, que cita las del Tribunal supremo de 16-12-71 y 21-11-92......