SAP Cantabria 270/2005, 11 de Mayo de 2005

PonenteJOAQUIN TAFUR LOPEZ DE LEMUS
ECLIES:APS:2005:1029
Número de Recurso202/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución270/2005
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

SENTENCIA NUM. 270/05

Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martínez

Don Joaquín Tafur López de Lemus

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En la Ciudad de Santander, a once de mayo de dos mil cinco.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio Verbal 89/04, Rollo de Sala núm. 202/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santander .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante doña Lidia , representado por el Procurador Sra. Llanos Benavent, y defendido por el Letrado Sr. Díaz de Entresoto y de Mier; y parte apelada don Luis María , representado por el Procurador Sr. Bolado Garmilla, y defendido por el Letrado Sr. Sainz Vázquez.

Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado D. Joaquín Tafur López de Lemus.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Santander, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 12 de enero de 2005 Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que se desestima la acción de resolución del contrato por expiración del plazo ejercitada por la Procuradora Sra. De Llanos en representación de Dª Lidia contra D. Luis María , absolviéndole de esta pretensión. Estimándose de oficio la inadecuación de procedimiento se le absuelve en la instancia de la pretensión relativa a la caducidad del plazo para ejercitar la subrogación.".SEGUNDO: Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

Muy breves seremos a la hora de fundamentarla presente sentencia, toda vez que la apelante, en su escrito de recurso, elude todo comentario acerca de un hecho trascendental, que sirvió al Magistrado-Juez de primera instancia para concluir como...

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