SAP Ciudad Real 165/2006, 16 de Mayo de 2006

PonenteMARIA PILAR ASTRAY CHACON
ECLIES:APCR:2006:401
Número de Recurso1028/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución165/2006
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 165

CIUDAD REAL, a dieciséis de mayo de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1 de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL,

los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 275/2004, procedentes del JDO.1A.INSTANCIA de ALMAGRO , a los que ha correspondido el Rollo 1028/2006, en los que aparece como parte

apelante la entidad ARREAZA ALDARIA S.L., representada por el procurador D. JUAN CARLOSNARANJO FERNANDEZ, y asistida por el Letrado D. MIGUEL SANCHEZ TORRES, y como

apelada la entidad GRUPO MICRAS SPORT S.L. representada por la procuradora Dña.

CONCEPCIÓN LOZANO ADAME, y asistida por la Letrada Dña. CARMEN ESPAÑOL REYES, y

siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA PILAR ASTRAY CHACÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia se dictó sentencia en los referidos autos, de fecha 30 de junio de 2005 , cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: QUE ESTIMANDO LA DEMANDA presentada por Grupo Micras Sport, S.L., contra Arreaza Aldaria, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a pagar al actor la cantidad de 23.518,98 euros, más los intereses indicados en el tercer fundamento jurídico de esta sentencia, con imposición de las costas causadas a dicha demandada".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por la parte demandada, admitiéndose el recurso y dándole el trámite correspondiente, las partes hicieron las alegaciones que estimaron conveniente en apoyo de sus respectivos intereses, elevándose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, se formó el correspondiente rollo y se turnó Ponencia, señalándose para la votación y fallo el día 11 de mayo de 2006.

TERCERO

En la tramitación de esta apelación se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se reclamaba por la mercantil demandante el importe adeudado en concepto de compras de mercaderías a través de la misma por parte de la sociedad demandada. Se opuso en su día la referida sociedad a las pretensiones de la demandante, contestando la demanda, y negando adeudase cantidad alguna, realizando toda una serie de consideraciones sobre concretas partidas objeto de reclamación, aduciendo duplicidad de facturas y afirmando que con el ingreso de 15.000 euros que se destina, según alega, al pago parcial del último pagaré renovado por el montante total de la deuda, y que asimismo, en su tesis, salda y abona la cantidad realmente adeudada.

Estimada íntegramente la demanda en la Instancia, formula la mercantil...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR