SAP Salamanca 464/2006, 20 de Noviembre de 2006

JurisdicciónEspaña
Fecha20 Noviembre 2006
EmisorAudiencia Provincial de Salamanca, seccion 1 (civil y penal)
Número de resolución464/2006

SENTENCIA NÚMERO 464/06

ILMO. SR. PRESIDENTE ACTAL:

DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON LONGINOS GOMEZ HERRERO

DON FERNANDO CARBAJO CASCON

En la ciudad de Salamanca a veinte de Noviembre de dos mil seis.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO ORDINARIO nº 848/05 del Juzgado de lª Instancia nº 5 de Salamanca, Rollo de Sala nº 533/06; han sido partes en este recurso: como demandante-apelado GESTION DE TRIBUTOS Y COBROS FINANCIEROS S.L. (GESTINCO S.L.) representada por la Procuradora Doña Purificación Valle Corcho y bajo la dirección de la Letrado Doña Elena Calatayud Reguera y como demandado- apelante PRODUCCIONES PAPOCAS.L. representada por la Procuradora Doña Mª Adoración Sánchez Mangas y bajo la dirección del Letrado Don Manuel Núñez Hernández, habiendo versado sobre resolución del contrato de arrendamiento de servicios.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 19 de Junio de 2006 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lª Instancia nº 5 de Salamanca se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Purificación Valle Corcho, en nombre y representación de la actora Gestión de Tributos y Cobros Financieros S.L. (Gestinco), contra la demandada Producciones Papoca S.L., representada por la procuradora Adoración Sánchez Mangas, declaro resuelto el contrato de 1 de Febrero de 2001 que ligaba a las partes, y en consecuencia, condeno a la demandada a que indemnice a la demandante en la cantidad de siete mil cuatrocientos cincuenta y dos euros con cincuenta y cinco euros (7.452,55 €), sin hacer imposición de costas a ninguna de las partes."

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica del demandado, concediéndole el plazo establecido en la Ley para interponer el mismo verificándolo en tiempo y forma, quien después de hacer las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando se dicte sentencia en la que revocando la de instancia se desestime íntegramente la demanda en su día formulada por Gestinco contra nuestra mandante y de la que dimanan los presentes autos, con todos los pronunciamientos favorables para nuestra representada y con expresa imposición de las costas causadas en la instancia a la actora y sin hacer especial pronunciamiento sobre las causadas en la alzada.

    Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando se dicte sentencia pro la que, desestimando íntegramente el recurso de apelación interpuesto, confirme íntegramente la sentencia dictada en los autos, con imposición de las costas a la apelante.3º.- Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo y se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día catorce de noviembre de dos mil seis pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.

  3. - Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por la representación procesal de la entidad demandada PRODUCCIONES PAPOCA S. L. se interpone el presente recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 5 de esta ciudad con fecha diecinueve del pasado mes de junio, que, estimando parcialmente la demanda contra ella promovida por la entidad demandante GESTIÓN DE TRIBUTOS Y COBROS FINANCIEROS S. L. (GESTINCO S. L.), declaró resuelto el contrato de fecha 1 de febrero de 2.001 que vinculaba a las partes y, en consecuencia, condenó a dicha entidad demandada a pagar a la demandante, en concepto de indemnización de daños y perjuicios, la cantidad de 7.452,55 euros, sin hacer especial imposición de costas a ninguna de las partes; y se interesa en esta segunda instancia por la referida entidad demandada, con fundamento en las alegaciones contenidas en su escrito de interposición de tal recurso de apelación, la revocación de la mencionada sentencia, y que se dicte otra por la que se desestimen en su integridad las pretensiones de la demanda, con imposición a la demandante de las costas correspondientes a la primera instancia y sin hacer especial pronunciamiento sobre las causadas en esta alzada.

Segundo

En la demanda promovida por la entidad demandante GESTINCO S. L. se solicitaba la resolución del contrato de arrendamiento de fecha 1 de febrero de 2.001, en virtud del cual la entidad demandada PRODUCCIONES PAPOCA S. L. se comprometió a ejecutar un página "web" y el correspondiente programa a fin de que los Ayuntamientos que lo desearan, y a su vez contrataran con la demandante, tuvieran acceso para realizar cuantas consultas se encontraran disponibles en cada momento a fin de poder conocer en todo momento el estado de la situación recaudatoria o cualquier otra referida al contrato principal de auxilio en la recaudación municipal, fundamentando tal solicitud de resolución en que la referida página "web" nunca llegó a funcionar correctamente por causa únicamente imputable a la demandada; y en consecuencia solicitaba igualmente que se condenara a dicha entidad demandada a pagarle las cantidades siguientes: 6.010,12 euros entregados a cuenta del precio del proyecto; 37.503,16 euros en concepto de lucro cesante; y 1.442,43 euros que tuvo que devolver al Ayuntamiento de Herradón de Pinares, más los intereses legales correspondientes desde la interposición de la demanda.

La sentencia de instancia estableció que no cabía sino afirmar que el incumplimiento contractual, es decir, la no operatividad de la página "web" contratada, fue debido a la impericia de la entidad demandada, que se comprometió a realizar un programa para la traducción y sincronización entre el sistema de Gestinco y el "web site", pero no lo consiguió, al parecer porque lo que pretendía hacer la demandada era atacar las bases de datos de la aplicación spai, de la que sólo era licenciataria la demandante y que pertenece a la entidad GSISISL, para lo que necesitaba conocer su estructura de datos, sus tablas las relaciones existentes entre ellas, la denominación y significado de los campos, etc., información que no poseía ni Gestinco. A tal conclusión se llega fundamentalmente en base a las manifestaciones del representante legal de GSISISL. Y por ello se declara la resolución del contrato de fecha 1 de febrero de 2.001 y se condena a la demandada a pagar a la demandante las cantidades siguientes: 6.010,12 euros, que ésta abonó a aquélla a cuenta del precio total, y 1.442,43 que tuvo que devolver al Ayuntamiento de Herradón de Pinares, que había contrato tales servicios informáticos.

Y frente a tal sentencia se alza por medio del presente recurso de apelación la entidad demandada PRODUCCIONES PAPOCA S. L., por la que se interesa su revocación y que se dicte otra por la que se desestimen en su integridad las pretensiones de la demanda. Se fundamenta tal pretensión en el error en la interpretación y valoración de las pruebas en que a su juicio se ha incurrido por parte del Juzgador "a quo", tanto en lo referente a la determinación de si hubo o no incumplimiento del contrato pactado entre las partes cuanto, en su caso, la causa determinante del incumplimiento. Y en apoyo de ello se alega sustancialmente que: 1) que la página "web" objeto del contrato tenía como finalidad que los Ayuntamientos, a los que GESTINCO S. L. les tramitaba la recaudación municipal, pudieran conocer en tiempo real, y mediante el acceso a dicha página, el estado de dicha recaudación; 2) que para gestionar la recaudación que la demandante realizaba en nombre de los Ayuntamientos utilizaba un programa, denominado SPAI, y del cual...

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