SAP Valencia 69/2007, 7 de Febrero de 2007
Ponente | MARIA PILAR EUGENIA CERDAN VILLALBA |
ECLI | ES:APV:2007:729 |
Número de Recurso | 17/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 69/2007 |
Fecha de Resolución | 7 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia |
SENTENCIA Nº 6 9
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Magistrados/as
Dª. PILAR CERDAN VILLALBA
Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a siete de febrero de dos mil siete.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal - 000794/2006 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO
3 DE VALENCIA entre partes; de una como demandado - apelante/s PROVIJAR SL dirigido por el/la letrado/a D/Dª. SARA RECATALA CHORDA y representado por el/la Procurador/a D/Dª GEMMA GARCIA MIQUEL, y de otra como demandante, - apelado/s Jesús Carlos dirigido por el/la letrado/a D/Dª. NURIA SANCHO-TELLO BERTOMEU y representado por el/la Procurador/a D/Dª CESAR JAVIER GOMEZ MARTINEZ.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. PILAR CERDAN VILLALBA.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE VALENCIA , con fecha 28 de septiembre de 2.006 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Estimo la demanda formulada por el Procurador D. César J. Gómez Martínez en representación de D. Jesús Carlos contra Provijar S.L. y condeno a esta última entidad a satisfacer al actor la suma de 703'54 € más el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente Sentencia, y al pago de las costas procesales".
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpusorecurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 5 de febrero de 2.007 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
El presente recurso se formula por la parte demandada contra la sentencia de instancia que estimó la demanda de juicio verbal, en reclamación de 703, 54 euros, como importe de las cuotas de conexión de las acometidas de agua potable y de las obras necesarias al efecto que dicha demandada, como promotora de la vivienda adquirida por la actora, se obligó a pagar en el acta de recepción provisional de la obra suscrita por aquélla con el Ayuntamiento.
Se funda el recurso en que, tal resolución, incurre en una errónea valoración de las pruebas ya que, de dicho importe reclamado, 261 euros son por las obras de adecuación del espacio donde se ubica el contador de agua no verificadas por su parte si no por el urbanizador y, al pago del resto, tampoco está su parte obligada pues, no convenido ni con el último, ni con el Ayuntamiento ni con las compradores, su compromiso como promotora acaba con la obtención de los boletines para la posterior contratación de los...
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