STSJ Asturias 814/2007, 2 de Marzo de 2007

PonenteISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS
ECLIES:TSJAS:2007:910
Número de Recurso991/2006
Número de Resolución814/2007
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0000991/2006, formalizado por el Letrado ASUNCION NATALIA RODRIGUEZ ARIAS, en nombre y representación de Miguel Ángel , contra la sentencia de fecha veintiséis de octubre de dos mil cinco, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000122/2005, seguidos a instancia de Miguel Ángel frente a CONSEJERIA DE JUSTICIA, SEGURIDAD PUBLICA Y RELACIONES EXTERIORES-ADMON. PDO AST, parte demandada representada por el LETRADO COMUNIDAD, en reclamación de RECLAMACION CANTIDAD, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintiséis de octubre de dos mil cinco por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - El trabajador D. Miguel Ángel , cuyas circunstancias personal obran en autos, viene prestando servicios por orden y cuenta de l aconsejaría de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores como personal laboral, con la categoría de Titulado Grado Medio (Profesor de EGB) con destino en la Casa Juvenil "Sograndio" dependiente de la Consejería demandada.

    En la Casa Juvenil de Sograndio se procede al cumplimiento de medidas de internamiento en régimen abierto, semiabierto y cerrado y de permanencia de fin de semana a cumplir en un centro impuestas a menores y jóvenes infractores en los términos establecidos en la LO 5/2000 de 12 de enero reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

    El actor imparte clases e los internos del referido centro, realizando su actividad docente en horario de 10 a 13 horas y de 15 a 17 horas de lunes a viernes. Dos son los alumnos residentes en la referida Casa, matriculados en el IES Aramo para el curso 2004/2005, que realizan estudios en el primer ciclo de Enseñanza Secundaria Obligatoria, 1º y 2º.

  2. - La relación laboral se rige por el Convenio Colectivo para el Personal Laboral d ela Administración del Principado de Asturias.

    Según el art. 15 del referido convenio el personal que desempeñe puestos de trabajo configurados en el complemento específico B o C, tendrán una jornada de trabajo de 27 horas y treinta minutos semanales. El descanso semana será de 2 días ininterrumpidos.

    El artículo 10 , relativo al calendario laboral dispones "La dirección de cada centro o dependencia elaborará el calendario laboral del mismo, previo acuerdo con el comité de Empresa, o, en su caso, delegados y delegadas de personal que deberá estar aprobado el 1 de enero y que, en caso de no alcanzarse acuerdo, implicará la aplicación de lo previsto en la legislación vigente.

    El calendario laboral, que tendrá duración anual deberá confeccionarse dentro de lso 90 días anteriores a la fecha de inicio de su vigencia, se expondrá en el tablón de anuncios de cada centro y deberá contener:

    - el horario de trabajo.

    - Distribución anual de los días de trabajo.

    - Festivos.

    - Distribución anual de los descansos.

    Según el artículo 25.1 .- Las vacaciones anuales retribuidas tendrán una duración de 23 díaslaborables por año completo trabajado, o la parte proporcional que le corresponda en función del porcentaje de jornada asignada en cada caso. Serán días no laborables los festivos y descansos comprendidos entre del calendario laboral, siempre que se guarde la debida proporción entre días de descanso y días de trabajo.

    El artículo 34 regula las retribuciones del personal afectado por el convenio.

  3. - El actor percibe las siguientes retribuciones correspondientes a Titulado Grado Medio (Grupo B):

    Sueldo Base 890 euros

    Complemento Destino (18) 375,23 euros

    Complemento específico (18,A,Pen Pel Tox) 636,6 euros

  4. - Las retribuciones del Titulo Superior Grupo A ascienden

    Sueldo Base 1048,64 euros

    Complemento Destino (22) 484,59 euros

    Complemento específico (22,A,Pen Pel Tox) 705,97 euros

  5. - Las funciones del Profesor de EGB:

    Imparte la Educación General Básica a todos los menores de 16 años internaos en el centro.

    Es el responsable de la organización interna de la escuela.

    Trabaja en equipo. Esparte del Equipo Educativo

    Elabora el PEI de cada menor, lo desarrolla y evalúa.

    Propone al Director, organiza y desarrolla excursiones, visitas y salidas del Centro de carácter educativo Cultural y recreativo.

    Cumplimenta cuantos informes le solicitan los órganos competentes sobre la evolución de los menores escolarizados, registra puntualmente las novedades en el informe correspondiente y participa en las reuniones de coordinación educativa a las que se a convocado.

    Cumple y hace cumplir a los menores el Reglamento de Régimen Interno en los ámbitos de su responsabilidad.

    Tiene capacidad APRA iniciar un...

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