STSJ Comunidad de Madrid 572/2014, 17 de Junio de 2014

PonenteMARIA DEL ROSARIO GARCIA ALVAREZ
ECLIES:TSJM:2014:6367
Número de Recurso56/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución572/2014
Fecha de Resolución17 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931930

Fax: 914931958

34002650

NIG : 28.079.44.4-2012/0031353

Procedimiento Recurso de Suplicación 56/2014

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid Despidos / Ceses en general 748/2012 Materia : Despido

Sentencia número: 572/14-FG

Ilmos. Sres.

D./Dña. JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO

D./Dña. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

D./Dña. ROSARIO GARCIA ALVAREZ

En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil catorce, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 3 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 56/2014, formalizado por el/la PROCURADOR D./Dña. RUBEN BARRIOS ALBUENA en nombre y representación de D./Dña. Ildefonso, contra la sentencia de fecha 11/09/2013 dictada por el Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 748/2012, seguidos a instancia de D./Dña. Ildefonso frente a CENTRALIA SERVICIOS INTEGRALES, SRL, COM PROP DIRECCION000 y CONTROL STEWARD SL, en reclamación por Despido, siendo Magistrado-Ponente el/ la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. ROSARIO GARCIA ALVAREZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

El demandante Ildefonso, con DNI NUM000 ha prestadc servicios laborales por cuenta y órdenes de la empresa demandada CONTROL STEWARD SL con antigüedad de 18-6-2011, ostentando la categoría profesional de Controlador de accesos en el centrc de trabajo sito en Comunidad de Propietarios DIRECCION000 de Madrid, percibiendo un salario brutc mensual de 880.- euros incluido el prorrateo de pagas extraordinarias y horas extraordinarias.-Nc controvertido.

SEGUNDO

La mercantil CONTROL STEWARD SL, dedicada a la actividad de prestación de servicios integrales a edificios e instalaciones, suscribió con la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 contrato para la prestación de los servicios de control e información de entrada salida, control de las instalaciones de la Comunidad de Propietarios, con una duración desde el 6-7-2011 al 6-7-2012.-Doc. 2 actora.

TERCERO

La Comunidad de Propietarios Los Nogales comunicó con fecha 7-5-2012 e CONTROL STEWARD SL que el contrato que tenían suscrito de servicios de Control de accesos en la Comunidad de propietarios quedaría rescindido con efectos de 14-5-2012.-Doc. 3 actora.

La mercantil CENTRALIA SERVICIOS INTEGRALES SL, suscribió con La Comunidad de Propietarios DIRECCION000 contrato para la prestación de los servicios de conserjería de la Comunidac de Propietarios Los Nogales. -No controvertido.

CUARTO

Con fecha 7-5-2012 la empresa demandada CONTROL STEWARD SL comunicó al actor que el día 14 de mayo finalizaría la relación laboral quedando en tal fecha rescindida la relación laboral con efectos de dicho día al haber rescindido La Comunidad De Propietarios DIRECCION000 el contrato de prestación de los servicios de control de accesos de las instalaciones de la merita& Comunidad de Propietarios. Doc. 4 actora.

QUINTO

La empresa CONTROL STEWARD SL solicitó a la Comunidad de Propietarios el nombre de la nueva empresa prestataria del servicio a efectos de una subrogación en el personal, sir que la Comunidad le contestara. Doc. 3 demandada.

SEXTO

La mercantil CENTRALIA SERVICIOS INTEGRALES SL ha formalizado contrato de trabajo con Luis Angel para realizar el servicio de Conserjería. -Doc. 3 demandada.

SÉPTIMO

El actor no ostenta ni ha ostentado cargo de representación legal o sindical de lom trabajadores.

OCTAVO

Se agotó la vía administrativa previa.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que estimando la demanda interpuesta por Ildefonso y de otra como demandados CONTROL STEWARD SL, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 Y CENTRALIA SERVICIOS INTEGRALES SL, debo declarar y declaro la improcedencia de despido causado al demandante con efectos de 14-5-2012 y en consecuencia condenar a la empresa demandada CONTROL STEWARD SL a que en el plazo de 5 días desde la notificación de esta resolución opte entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones anteriores o el abono de una indemnización en cuantía de 1.088,12.- euros.

El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.

En caso de optar por la readmisión el trabajador tendrá derecho a salarios de tramitación a razón de 29,33.- euros día.

La opción deberá ejercitarse mediante escrito o por comparecencia ante la oficina del Juzgado dentro del plazo de 5 días desde la notificación de esta resolución sin esperar a la firmeza.

Absolviendo a las empresas COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 Y CENTRALIA SERVICIOS INTEGRALES SL, de las peticiones...

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