SAP Badajoz 31/2005, 20 de Octubre de 2005

PonenteRAFAEL MARIA MARTINEZ DE LA CONCHA ALVAREZ DEL VAYO
ECLIES:APBA:2005:328
Número de Recurso50/2004
Número de Resolución31/2005
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 31/2005D. Enrique Martínez Montero de Espinosa

D Rafael Martínez de la Concha y Álvarez del Vayo

D. Matías Madrigal Martínez Pereda

Iltmos. Sres. Magistrados

.

En la población de BADAJOZ, a 20 de octubre de dos mil cinco.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados, ha visto, en primer grado, la precedente causa, [«* Sumario núm. 2/04-; Rollo de Sala núm. 50/04; Juzgado de Instrucción 4 de Badajoz *»], seguida contra la procesada Diana ; nacida el día 30/05/1948, hija de FELIPE y de DIONISIA, natural y vecina de Puebla de Obando (Badajoz); con domicilio en la c/ DIRECCION000 nº NUM000 , con D.N.I NUM001 ; mayor de edad, sin antecedentes penales, solvente y en Libertad Provisional por la presente causa; quien comparece representada por la Procuradora de los Tribunales DÑA EVA MARÍA VACA MARÍN; defendida por el letrado D OSCAR ALONSO ASENSIO; por el delito de «Homicidio en grado de tentativa»; siendo parte el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública, que tiene encomendada por ministerio de la ley; representado por el Istmo Sr D JOSÉ LUIS ÁLVAREZ DE LOS RÍOS.

«- ANTECEDENTES DE HECHO -»

PRIMERO

HECHOS PROBADOS

La procesada Diana , mayor de edad y sin antecedentes penales, padece un trastorno psicótico consistente en trastorno afectivo grave recurrente (depresión mayor) de larga evolución asociado a un trastorno de la personalidad de tipo histriónico.

Con fecha 16.VI.04 se encontraba en el Hospital Perpetuo Socorro Jose Pedro , a la sazón ingresado en dicho centro (habitación 206) aquejado de trombosis cerebral y alcoholismo crónico con posible hepatopatía, el cual tenía abierta una vía que posibilitaba la inoculación intravenosa de aquellos fármacos que resultasen necesarios y siendo su estado de salud extremadamente precario.

La enfermedad padecida por la procesada ( personalidad inestable de base) le produce, ante factores estresantes externos, episodios disociativos como forma de hiperreactividad ante los mismos, haciéndole inimputable de sus actos.

En estas circunstancias, en la fecha arriba mencionada, sobre las 13 horas, ante el padecimiento que la procesada observara en su esposo, y con el fin de evitarle sufrimientos, procedió a rellenar una jeringuilla con fármacos consistentes en Fluoxetina y Nordazepán, contraindicados para el paciente, disponiéndose acto seguido a manipular la vía abierta para inyectar, por la misma, las sustancias referidas a su esposo, extremo que no pudo culminar ante la aparición de una enfermera en la habitación indicada que impidió la consumación de lo pretendido.

La Fluoxetina se trata de un antidepresivo y es un componente del medicamento Adofén.

El Nordazepán se trata de una sustancia psicotrópica, siendo un metabolito del principio activo Diazepam (ansiolítico y relajante muscular).

Asimismo en el recipiente para desechos que se hallaba en cuarto de baño de la habitación reseñada se hallaron cápsulas vacías de Adofen y Tranxilium.

La procesada, además de lo anterior, estaba en posesión de Adofén, Largactil, Rexer y Adalat (en el bolsillo de una prenda de vestir), así como de Tranxilium (en un bolso).

La administración de las sustancias primeramente indicadas hubiera supuesto una puesta en peligro relevante de la salud y vida del paciente, dada su propia patología.»

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal elevó a definitivas sus conclusiones provisionales en el sentido deconsiderar que los hechos enjuiciados eran constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa del art 138 del CP ., considerando responsable del mismo en concepto de autora a la procesada Diana ; concurriendo en la misma la circunstancia eximente prevista en el artículo 20 nº 1 del CP , solicitando la absolución de la referida, cabiendo imponerle a la misma la medida de seguridad de sumisión a...

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