STSJ Murcia 308/2008, 5 de Mayo de 2008

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2008:601
Número de Recurso220/2008
Número de Resolución308/2008
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Domingo, contra la sentencia número 420/07 del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia, de fecha 23 de noviembre de 2007, dictada en proceso número 540/07, sobre ACCIDENTE, y entablado por D. Domingo frente a MUTUA FREMAP, MANCOMUNIDAD DE LOS CANALES DEL TAIBILLA, MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE, SERVICIO MURCIANO DE SALUD, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "1.- El actor D. Domingo, nacido el día 19 de septiembre de 1946, ha sido alta en Régimen de Seguridad Social General, por tareas de encargado de planta potabilizadora. 2.- El reconocimiento del EVI tuvo lugar el 29 de mayo de 2007 y la propuesta del INSS es de fecha 30 de mayo de 2007. Sufrió accidente de trabajo el día 11 de septiembre de 2006, cuando prestaba servicios como "técnico de actividades ténicas y mantenimiento y oficios", para la Mancomunidad de Canales del Taibilla, quien tiene concertado el riesgo con la Mutua Fremap. 3.- ElI.N.S.S. ha declarado la - inexistencia de incapacidad permanente. 4.- Deduce el interesado la demanda para que se le declare en situación de Invalidez Permanente Total para su trabajo habitual. 5.- La base reguladora es de 1.333,5 euros mes para enfermedad común y de 23.198,04 euros año para accidente de trabajo. 6.- Presenta tras fractura epífisis radio izquierda no desplazada, sufre muñeca izquierda, extensión limitada a 45° movilidad mayor del 50%, flexión limitada a 30°, pronosupinación normal, desviación cubito/radial limitada al 50% de la derecha (diestro), movilidad de muñeca izquierda global mayor del 50%, insuficiencia de retorno venoso en miembros inferiores con antecedente de intervención en MD y presencia de ulceración recidivente, lumbalgia crónica con irradiación en ambos miembros inferiores. 7.- Se interpuso reclamación previa. 8.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Domingo contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA FREMAP, SERVICIO MURCIANO DE SALUD y MANCOMUNIDAD DE CANALES DEL TAIBILLA y MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE debo absolver y absuelvo a éstos de aquella, confirmando lo acordado en vía previa.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. JOAQUIN DOLERA LOPEZ, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario de MUTUA FREMAP y MANCOMUNIDAD DE LOS CANALES DEL TAIBILLA, representados respectivamente por DOÑA MARIA JOSE ORENES MIRALLES y el Sr. Abogado del Estado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Recurre la parte actora al amparo de los apartados b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , la sentencia de instancia que le fue contraria a sus intereses, y en la que reclamaba una invalidez...

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