SAP Valencia 260/2005, 7 de Junio de 2005

PonenteROSA MARIA ANDRES CUENCA
ECLIES:APV:2005:2839
Número de Recurso140/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución260/2005
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

SENTENCIA NÚM.: 260/05

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

Dª ROSA MARIA ANDRES CUENCA

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª PURIFICACIÓN MARTORELL ZULUETA

En Valencia a 7 de junio de 2005.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente, el Ilmo. Sr. Magistrado DOÑA ROSA MARIA ANDRES CUENCA, el presente rollo de apelación número 140/05, dimanante de los autos de Juicio MERNOR CUANTIA, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia de ONTENIENTE 2, bajo el nº 203/00 entre partes, de una, como demandante apelante a CYBERGLASS ROBITCS, y de otra, como demandada apelada a REPRESENTANTES LEGALES DE LA QUIEBRA DE LA MERCANTIL VIDRIEROS DE LEVANTE S.A.L., en virtud del recurso de apelación interpuesto por CYBERGLASS ROBITCS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia de ONTENIENTE 2, en fecha 23/11/04 , contiene el siguiente FALLO: "Desestimar totalmente la demanda interpuesta por el procurador Sr. Albert en nombre y representación de la entidad Cyberglass Sr. Albert en nombre y representación de la entidad mercantil Vidrieros de Levante y declaro que el bien mueble robot recogedor de vidrio modelo Roboglass 710-6 Axes, con nº de bastidor 35.519 ocupado en el procedimiento nº 137/00 de Quiebra voluntaria fr "Vidrieros de Levante S.A.L., pertenece a la entidad quebrada, debiendo concurrir la parte actora a la Junta de Acreedoras para hacer efectivo su crédito.".

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por CYBERGLASS ROBITCS, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia 2 de Onteniente se dictó sentencia con fecha 23 de Noviembre de 2.004 que desestimaba totalmente la demanda interpuesta por Cyberglass Robotics contralos representantes legales de la quiebra d ela mercantil Vidrieros de Levante S.A.L. declarando que el bien robot recogedor de vidrio Roboglass 710-6 Axes con número de bastidor 35.519 ocupado en el procedimiento 137/00 de quiebra voluntaria de Vidrieros de Levante S.A.AL. pertenece a la entidad quebrada, debiendo concurrir la parte actora a la junta de acreedores para hacer efectivo su derecho, al entender el Juzgador de primera instancia que no podía oponerse frente a terceros válidamente el contrato de venta de bienes muebles con reserva de dominio que se aportaba con la demanda de tercería entablada, al no hallarse inscrito en el registro de ventas a plazos, y de conformidad con lo exigido en el artículo 15 de la ley de 13 de Julio de 1.998 , sin que procediera hacer uso de la facultad de "ficta confessio" del artículo 593 de la LEC , a que aludía la parte demandante, con relación a las posiciones presentadas, a efectuar al legal representante de la demandada, ya que esta no opera automáticamente, sino en relación con las demás pruebas practicadas, por lo que, concluyó, la demanda no podía prosperar, por la razón expresada en primer lugar.

Frente a dicha resolución recurrió en apelación la parte actora, que alegó, como motivos de recurso, los que seguidamente se expresan: errónea valoración de la prueba practicada, en cuanto la ficta confessio no había sido tomada en consideración, no teniendo, en consecuencia, por confeso al...

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