STSJ Comunidad Valenciana 2038/2008, 19 de Junio de 2008

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2008:3274
Número de Recurso2719/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2038/2008
Fecha de Resolución19 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

2038/2008

2

Rec.c/sent.nº 2719/2007

Recurso contra Sentencia núm. 2719/2007

Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro

Presidente

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz.

Ilam. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a diecinueve de junio de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2038/2008

En el Recurso de Suplicación núm. 2719/2007, interpuesto contra la sentencia de fecha 15 de Diciembre de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de Valencia, en los autos núm. 323/07, seguidos sobre I.T, a instancia de D. Bruno, asistido de la letrada Dª Mónica Fernández Noche, contra MATEPSS MUVALE, asistida del Letrado D. Carlos Bonell Pascual, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 15 de Diciembre de 2006, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por Bruno contra MUVALE Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social debo absolver y absuelvo a la demandada de las peticiones contenidas en el suplico de la demanda".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- El actor Bruno con DNI NUM000, cuyas circunstancias personales constan en autos fue alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos desde el 1-6-04 y tenía concertada la prestación económica de IT por Contingencias Comunes con Muvale. SEGUNDO.- El 12-9-05 inició baja por iT por Contingencias Comunes y se mantiene en la misma. La Mutua no le ha abonado la cantidad alguna de subsidio de IT, según comunicación de fecha 28-10-05 frente a la cual la parte actora formuló reclamación que no fue estimada. Y ello sobre una base reguladora indiscutida de 26.06 euros diarios. TERCERO.- Las cuotas de agosto y septiembre no han sido ingresadas por el actor que en 30-3-06 solicitó aplazamiento de pago, solicitud archivada por no subsanar defectos, y solicitada nuevo aplazamiento en fecha 23-05-06 le fue concedido en fecha 30-5-06 y ello para el abono de las cuotas de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2005 así como de febrero y marzo de 2006". ".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido impugnado en debida forma por la parte demandada. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- 1. Se alza en suplicación la representación letrada de la parte actora, siendo impugnado de contrario por la demandada MUVALE, frente a la sentencia de instancia, que desestima la demanda en reclamación de prestación por Incapacidad Temporal (IT).

El recurso se estructura formalmente en cuatro motivos, todos ellos, al amparo del apartado c) del artículo 191 de la Ley adjetiva laboral, y dada la íntima conexión que presentan, se procederá a dar...

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