STSJ Cataluña 3481/2014, 13 de Mayo de 2014

PonenteGREGORIO RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2014:5209
Número de Recurso5667/2013
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución3481/2014
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2012 - 8051939

EPC

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 13 de mayo de 2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 3481/2014

En el recurso de suplicación interpuesto por Modesta frente a la Sentencia del Juzgado Social 32 Barcelona de fecha 12 de julio de 2013 dictada en el procedimiento Demandas nº 1090/2012 y siendo recurrido/ a INSTITUT NACIONAL DE LA SEGURETAT SOCIAL (INSS), TRESORERIA GENERAL DE LA SEGURETAT SOCIAL, MUTUA UNIVERSAL (MUGENAT) y AJUNTAMENT DE BARCELONA. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 8-11-12 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 12 de julio de 2013 que contenía el siguiente Fallo:

Desestimo la demanda interpuesta por Dª. Modesta contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS), TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), MUTUA UNIVERSAL y AJUNTAMENT DE BARCELONA, en reclamación de declaración de Lesiones permanentes no invalidantes, absolviendo a las codemandadas de las pretensiones formuladas en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- 1.- La demandante, Dª. Modesta, presta servicio en el AJUNTAMENT DE BARCELONA, en las instalaciones de la Guardia Urbana UT7 Horta Guinardó, siendo su profesión habitual de Guardia Urbana (trabajos de oficina) (hecho no controvertido). 2.- Por resolución del INSS de 23.08.2012 se resolvió "que no procede declarar a Modesta en ningún grado de incapacidad permanente, derivada de accidente de trabajo, y denegar el derecho a prestaciones económicas porque no reúne el requisito de incapacidad permanente". Observando el siguiente diagnóstico: "LIPODISTROFIA CON LEVES DEPRESIONES Y ZONAS LINEALES EN MUSLOS EN MEJORÍA PROGRESIVA Y RESOLUCIÓN DE LIPODISTROFIA EN BRAZOS", siendo consideradas accidente de trabajo al no estar incluidas en el vigente listado de enfermedades profesionales (f. 98 y 99).

  1. - Instada reclamación previa, fue desestimada por resolución de 22.10.2012 (f. 7).

SEGUNDO

El dictamen de secuelas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del ICAM, de fecha 03.08.2012 recoge lo siguiente:

"Malaltia actual:

IT por lipodistrofia en muslos (patología desde el año 2008)...Lipoatrofia semicircular (27/05/2008) localizada en extremidades superiores e inferiores...En controles de lesiones del tejido subcutáneo por Mútua y Hospital del Mar.

Exploració i proves complementàries:

-Informe-seguiment Hosp. Del Mar (08/05/12): Diagnosticada en mayo de 2008 por la Mútua de trabajo presentando bandas de lipoatrofia en ambos muslos...por lo que fue trasladada de centro...hace año y medio nuevas lesiones por lo que se decide nuevo cambio...En la exploración visita de dermatología (11/02/10) presentaba discretas áreas de lipodistrofia en ara posterior y anterior de muslos, con aspecto abollonado de la piel, no filtrado. Zona lineal levemente deprimida en brazos.

OD:

Lesiones compatibles con lipodistrofia, estabilidad clínica en muslos, resolución en brazo...No pueden descartarse cambios fisiológicos propios del tejido subcutáneo asociados a la edad sobreañadidos a la lipodistrofia.

-ICAMS:EF: Permanecen zonas de lipodistrofia depresiones leves en muslo cara anterior y zonas lineales en cara posterior en mejoría respecto a las iniciales...La paciente también presenta estrías antiguas y alguna zona de celulitis. Desaparición de zonas de lipodistrofia en brazos.

DIANÒSTIC I LIMITACIONS FUNCIONALS

-LIPODISTROFIA CON LEVES DEPRESIONES Y ZONAS LINEALES EN MUSLOS EN MEJORÍA.

...

Sense IP - Seqüel.les no baremables".

(f. 75 y 76).

TERCERO

El informe pericial del Dr. Silvio, Catedrático de Medicina Legal y Forense, concluye que las marcas de lipoatrófia "no constitueixen cap mena de pertorbació funcional. El seu aspecte actual és objectivament millor que l'inicial i s'han de considerar transitòries que aniran millorant amb el temps. Des del punt de vista formal, les marques que produeix la lipoatròfia semicircular no es poden tractar ni com cicatrius ni com ròssecs, doncs per definició tant les cicatrius com els ròssec són definitius".

En opinión del Dr. Silvio la Lipoatrófia es una desparición de la grasa del cuerpo en una zona determinada, se relaciona con microorganismos, con los campos electromagnéticos y electricidad estática, y tiene carácter reversible (declaración pericial del Dr. Silvio ).

(f. 356 a 364).

CUARTO

En el protocolo de actuación ante la Lipoatrófia semicircular del Departament de Treball y Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya, se considera que la Lipoatrófia se presenta en la mayoría de los casos sin sintomatología acompañante, y que es reversible en todos los casos (f. 465 a 494).

QUINTO

El informe del Centre de Seguretat i Salut Laboral de Barcelona de 19.03.2012, sobre las condiciones de trabajo en relación a la comunicación de casos de lipoatrófica semicircular en las instalaciones de la Guardia Urbana UT7 Horta Guinardó, concluye que "Dels casos declarats, el Servei de Medicina del treball considera que existeix una tendencia global cap a la milloria. Cal continuar amb el seguiment i control mèdic dels afectats fins a la total recuperació de le lesions" (f. 310 a...

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