STSJ Comunidad Valenciana 2788/2013, 17 de Diciembre de 2013

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2013:7514
Número de Recurso1335/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2788/2013
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2013
EmisorSala de lo Social

1 Sent. nº 1335/13

RECURSO SUPLICACION - 001335/2013

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Juan Luis de la Rúa Moreno

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Ramón Gallo Llanos

En Valencia, a diecisiete de diciembre de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2788 de 2013

En el RECURSO SUPLICACION - 001335/2013, interpuesto contra la sentencia de fecha 30-11-12, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE ELX, en los autos 000691/2012, seguidos sobre Invalidez, a instancia de Dª Macarena asistida del Letrado D. José Plaza Teva, contra INSTIUTUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente Dª Macarena, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por DOÑA Macarena contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo a este último de los pedimentos deducidos en su contra.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO. El demandante DOÑA Macarena con DNI nº NUM000 nacido el NUM001 /57, se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 y ha sido dado de alta en Régimen general como auxiliar administrativa.SEGUNDO. Se inició expediente de declaración de incapacidad permanente por enfermedad común.TERCERO. El informe de valoración médica es de fecha 23/03/12 y el dictamen-propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades es de fecha 27/03/12, fecha de los efectos económicos. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, en resolución de fecha 29/03/12, declaró al actor no afecto a incapacidad permanente alguna por no alcanzar las lesiones un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de incapacidad permanente.CUARTO. Disconforme con la anterior resolución, el demandante formuló reclamación administrativa previa que fue desestimada por resolución del INSS de fecha 30/05/12.QUINTO. El demandante presenta el siguiente cuadro clínico residual en la fecha del hecho causante: artrosis escafotrapezoidea mano derecha severa.Como limitaciones funcionales y orgánicas: artrosis escafotrapezoidea mano derecha. Como tratamiento: médico, rehabilitador y porta un dispositivo ortopédico.-Como posibilidades terapéuticas y rehabilitadoras: si el dolor es severo o incapacitante se planteará tratamiento quirúrgico.-SEXTO. La base reguladora mensual asciende a 923,21 euros.

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte Macarena . Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación la parte actora, la sentencia que ha desestimado su demanda en la que solicita la Invalidez Permanente en el grado de total para la profesión de auxiliar administrativo.

El recurso, se estructura en dos motivos. En el primero, por el apartado b) del art. 193 de la LRJS, interesa la modificación del relato probado. En concreto propone la introducción en el hecho quinto del siguiente párrafo: "La actora sufre dolor severa en el borde radial mano derecha, que cesa en caso de reposo, pero que se hace intenso en caso de activación de la mano. Es diestra, Su muñeca no es funcional, y la paciente tiene incluso dificultades para el desarrollo de los actos mas elementales de la vida diaria que impliquen el movimiento de la citada articulación.", lo que apoya en el informe de Fisioterapeuta Gervasio y del Dr. Justino especialista de mano del Hospital general Universitario de Elche, que se ubican a los folios 12 y 13 de las actuaciones. Y se rechaza la modificación que nada añade al hecho combatido donde se describen las lesiones y la limitaciones que sufre la trabajadora en su mano derecha, donde se admite el dolor y la posible intervención quirúrgica para en su caso evitarlo, además los informes descritos ya han sido valorados en la sentencia y no acreditan el error necesario para que pueda tener lugar la modificación fáctica pretendida.

SEGUNDO

Con amparo en la letra c) del art. 193 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Comunidad Valenciana 2286/2017, 27 de Septiembre de 2017
    • España
    • 27 Septiembre 2017
    ...incapacitante se planteará tratamiento quirúrgico. La citada sentencia fue confirmada mediante sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 17 de diciembre de 2013 . 5.- La actora en el momento de emitirse el informe de valoración médica de fecha 27-03-2015, pre......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR