ATS, 10 de Junio de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:5037A
Número de Recurso2037/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución10 de Junio de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Junio de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de "ALLIANZ, CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", presentó el día 4 de septiembre de 2013, escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 27 de junio de 2013 por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 559/12 , dimanante del juicio ordinario nº 153/11 del Juzgado Mercantil nº 2 de Bilbao.

  2. - Por la parte recurrente se efectuaron los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, acordándose por diligencia de ordenación tener por interpuestos los recursos con remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante esta Sala.

  3. - La procuradora Dª Raquel Díaz Ureña, en nombre y representación de "ALLIANZ, CIA DE SEGUROS Y REASEUROS, S.A.", presentó escrito ante esta Sala el día 19 de septiembre de 2013, personándose como parte recurrente. La procuradora Dª Mª Teresa de Donesteve y Velázquez-Gazteu, en nombre y representación de "HIERROS ENCARTACIONES, S.L.", presentó escrito ante esta Sala el día 1 de octubre de 2013, personándose como parte recurrida.

  4. - Por la representación procesal de la parte recurrente mediante escrito presentado el día 2 de diciembre de 2013 aporta y solicita ex artículo 271 de la LEC , incorporación a los presentes recursos del Auto dictado por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección 4ª) el día 6 de noviembre de 2013, en el rollo de apelación 261/13 dimanante de las medidas cautelares coetáneas nº 4/11 del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao.

  5. - La representación procesal de la parte recurrida personada ante esta Sala mediante escritos presentados con fechas 9 y 16 de diciembre de 2013, formula alegaciones en el sentido de sostener la falta de interés casacional del recurso y solicitando el rechazo de los documentos aportados.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Por la parte recurrente se interpusieron recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra una sentencia dictada, tras la entrada en vigor de la Ley 37/2011 de 10 de octubre de Medidas de Agilización Procesal, en un juicio ordinario en el que se ejercitaba acción de responsabilidad contractual (contratos de seguro), cuya tramitación viene ordenada por razón de la cuantía, que en el presente caso no quedó fijada en cantidad superior a 600.000 euros, por tanto la sentencia tiene acceso a casación por el cauce previsto en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC , que ha sido el utilizado por la parte recurrente concurriendo los demás requisitos para su admisión.

  2. - Interpuesto también recurso extraordinario por infracción procesal, se cumplen los requisitos exigidos en esta fase para su admisión.

  3. - Sobre el auto de la Audiencia de Vizcaya (Sección 4ª) el día 6 de noviembre de 2013, en el rollo de apelación 261/13 dimanante de las medidas cautelares coetáneas nº 4/11 del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao, aportado en el presente rollo conforme a lo dispuesto en el artículo 271 LEC , queda unido, resolviéndose su admisión y alcance en sentencia.

  4. - De conformidad y a los fines dispuestos en los artículos 474 y 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de "ALLIANZ, CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", contra la sentencia dictada, con fecha 27 de junio de 2013 por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 559/12 , dimanante del juicio ordinario nº 153/11 del Juzgado Mercantil nº 2 de Bilbao, con pérdida de los depósitos constituidos.

  2. ) Entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno. Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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