SAP Alicante 304/2005, 21 de Junio de 2005

PonenteMARIA DOLORES LOPEZ GARRE
ECLIES:APA:2005:2100
Número de Recurso79/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución304/2005
Fecha de Resolución21 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 304/05

Iltmos Srs.

Don Francisco Javier Prieto Lozano.

Don José María Rives Seva.

Doña María Dolores López Garre.

En la Ciudad de Alicante a veintiuno Junio del año dos mil cinco.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 79-05 los autos de juicio ordinario nº85-04 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº2 de la ciudad de Villajoyosa en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandada Doña Luz que han intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado por el Procurador Señora Belinda Del Hoyo y defendidos por el Letrado Don Alejandro Carretero Luna y siendo apelado la parte actora Doña Trinidad representado por el Procurador Señor Martínez Navarro y defendidos por el Letrado Don Ramón Borja Berenguer.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº2 de la Ciudad de Villajoyosa y en los autos de Juicio ordinario nº85-04 en fecha 26-10-04 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.-Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Lloret Espí, en nombre y representación de Doña Trinidad , contra Doña Luz y debo condenar y condeno a ésta última al pago a la actora de la cantidad de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON VEINTICINCO CENTIMOS DE EURO(1.965,25)intereses legales desde la interposición de la demanda. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia, y las comunes por mitad ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte demandada siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , con traslado del mismo a la parte demandante por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 79-05.

TERCERO

En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales,señalándose para votación y fallo el día 21-6-05 y siendo ponente la Iltma. Sra. Doña María Dolores López Garre.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se alza la parte demandada contra la sentencia de instancia, que estimó parcialmente la demanda interpuesta por la actora, al estimar acreditada la relación de causalidad entre el tratamiento de fotodepilación efectuado por la demandada a la actora, y el daño que se produjo a la misma.

Los hechos de los que parte la demanda, son los siguientes:

En fecha 28-2-2002, la actora acudió a la clínica de medicina estética de la demanda para efectuarse un tratamiento de fotodepilación en las piernas,...

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