SAP Alicante 457/2005, 28 de Septiembre de 2005

PonenteJOSE DANIEL MIRA-PERCEVAL VERDU
ECLIES:APA:2005:3860
Número de Recurso166/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución457/2005
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

SENTENCIA Núm. 457/05

ILTMOS. SRES.:

Dª Virtudes López Lorenzo

D. José Daniel Mira Perceval Verdú

Dª María Dolores Ojeda Domínguez

En la ciudad de Alicante, a veintiocho de septiembre de dos mil cinco.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia núm. 46/05, de fecha 16-02-05, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Benidorm, en su Juicio Oral núm. 150/04 , correspondiente al Procedimiento Abreviado núm. 84/03 del Juzgado de Instrucción de Benidorm nº 4, por delitos de QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA, DESOBEDIENCIA Y CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRAFICO; Habiendo actuado como parte apelante Juan Carlos , representado por la Procuradora Dª Isabel Galiana Durá y dirigido por el Letrado D. Jaime Pérez Llinares y, como parte apelada el MINISTERIO FISCAL.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: "UNICO.- Resulta probado y así se declara que en Benidorm, sobre las 00:20 horas del día 27 de febrero de 2003, D. Juan Carlos , mayor de edad y ejecutoriamente condenado por sentencia firme el 03-01-00 por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Alicante por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, a la pena de cinco meses de multa y un año y cuatro meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores y por sentencia firme de 27-03-00 por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Alicante por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, a la pena de tres meses de multa y un año y tres meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores; estando el vehículo Audi 80 matrícula E-....-TD estacionado en la calle Gerona se subió al mismo y lo condujo intentando sacarlo delestacionamiento, a pesar de haber ingerido previamente bebidas alcohólicas que afectaban a sus facultades psico-físicas para conducir, de tal forma que golpeó al vehículo que estaba estacionado delante del mismo, marca Ford Escort matrícula U-....-UY propiedad de Begoña causándole daños que no se reclaman.

Tras ser avisados se personaron en el lugar de los hechos los agentes de la Policía Local de Benidorm nº NUM000 y NUM001 que pudieron observar como se movía el vehículo Audi conducido al volante por el Sr. Juan Carlos , por lo que le requirieron para que se sometiera a la práctica de la diligencia de determinación del grado de impregnación alcohólica por el método del aire espirado, siendo advertido de sus derechos y de las consecuencias de la negativa sin perjuicio de lo cual se negó abierta y reiteradamente.

El Sr. Juan Carlos presentaba síntomas inequívocos de embriaguez tales como habla pastosa, ojos enrojecidos, brillantes y con las pupilas dilatadas, fuerte olor a alcohol, equilibrio inestable, zigzagueante y anormal apreciación de las distancias.

El Sr. Juan Carlos tenía retenido el carnet de conducir en el Juzgado de lo Penal nº 6 de Alicante en virtud de la ejecutoria 18/2000 cuyo plazo de privación era desde 17 de septiembre de 2002 hasta 16 de septiembre de 2003.

Resulta probado que el Sr. Juan Carlos está declarado incapaz cobrando una pensión por este concepto", HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN con la siguiente RECTIFICACION: "UNICO.- Resulta probado y así se declara que en Benidorm, sobre las 00:20 horas del día 27 de febrero de 2003, D. Juan Carlos , mayor de edad y ejecutoriamente condenado por sentencia firme el 03-01-00 por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Alicante por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, a la pena de cinco meses de multa y un año y cuatro meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores y por sentencia firme de 27-03-00 por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Alicante por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, a la pena de tres meses de multa y un año y tres meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores; estando el vehículo Audi 80 matrícula E-....-TD estacionado en la calle Gerona se subió al mismo y lo condujo intentando sacarlo del estacionamiento, a pesar de haber ingerido previamente bebidas alcohólicas que no afectaban a sus facultades psico-físicas para conducir, de tal forma que golpeó al vehículo que estaba estacionado delante del mismo, marca Ford Escort matrícula U-....-UY propiedad de Begoña causándole daños que no se reclaman.

Tras ser avisados se personaron en el lugar de los hechos los agentes de la Policía Local de Benidorm nº NUM000 y NUM001 que pudieron observar como se movía el vehículo Audi conducido al volante por el Sr. Juan Carlos , por lo que le requirieron para que se sometiera a la práctica de la diligencia de determinación del grado de impregnación alcohólica por el método del aire espirado, siendo...

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