SAP Barcelona 398/2014, 14 de Abril de 2014

PonenteMARIA DEL CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ
ECLIES:APB:2014:3743
Número de Recurso156/2013
ProcedimientoAPELACIóN PENALES RáPIDOS
Número de Resolución398/2014
Fecha de Resolución14 de Abril de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 20ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN VEINTE

Rollo : 156/13-C APPRA

P.A. : 20/12

Juzgado de Procedencia: Penal nº 5 de Barcelona

S E N T E N C I A nº 398/2014

ILMOS. SRES. :

DOÑA Mª DEL CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ

DON JOSÉ EMILIO PIRLA GÓMEZ

DON MANUEL ÁLVAREZ RIVERO

En la ciudad de Barcelona, a catorce de abril de dos mil catorce

VISTO ante esta Sección el rollo de apelación penal número 156/13, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado número 20/12 de los de dicho órgano jurisdiccional, seguido por un delito de malos tratos a la mujer, siendo parte apelante Carlos Antonio, representado por el Procurador don Joaquín Preckler y defendido por la Abogada doña Rut Vicente Díez; y parte apelada el Ministerio Fiscal, actuando como Magistrada Ponente la ILMA. SRA DOÑA Mª DEL CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal indicado en el encabezamiento, y con fecha 16 de octubre de 2012 se dictó sentencia en cuya parte dispositiva textualmente se decía : "FALLO: Que debo condenar y condeno a Carlos Antonio como autor responsable de un delito de malos tratos en el ámbito familiar sin lesión, sin la concurrencia de ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, a la pena de 4 meses y 21 días de prisión, con la accesoria legal de privación del derecho de sufragio pasivo mientras dure la condena, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 2 años, así como la prohibición de aproximación a menos de 1000 metros a la víctima, a su domicilio y a su lugar de trabajo de Dª Amelia por el periodo de 1 año, 4 meses y 21 días y al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Carlos Antonio en cuyo escrito (tras expresar los fundamentos del recurso que tuvo por pertinentes) interesó la revocación de la sentencia recurrida y se dictara otra absolutoria.

TERCERO

Una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo al resto de partes personadas, para que en el término legal formulasen las alegaciones que tuvieran por convenientes a sus respectivos derechos; trámite que fue evacuado por el Mº Fiscal oponiéndose al recurso e interesando la confirmación de la sentencia recurrida; remitiéndose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial de Barcelona, para resolución del recurso.

CUARTO

Recibidos los autos y registrados en esta Sección se formó el Rollo correspondiente y se señaló día para deliberación y votación, pasando a la Magistrada-Ponente.

La fecha arriba indicada se corresponde con el de deliberación del Tribunal

QUINTO

Se admiten los Hechos Probados declarados en la sentencia recurrida

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se invoca como motivo del recurso infracción de la presunción de inocencia ante la inexistencia de prueba de cargo.

El principio constitucional de presunción de inocencia ( art. 24 CE ) supone el derecho del acusado a ser absuelto en el caso de no haberse practicado la mas mínima actividad probatoria acreditativa de los hechos motivadores de la acusación; en el presente caso a pesar de celebrarse el juicio en ausencia del acusado y no comparecer la testigo Amelia, no se infringió el referido derecho constitucional por cuanto se practicó...

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