STSJ Comunidad de Madrid 803/2013, 18 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución803/2013
Fecha18 Noviembre 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6

MADRID

C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27

Tfno. : 91.493.19.46

N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001

40126

ROLLO Nº: RSU 1164/13

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: DESPIDO

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 17 de, MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 578/12

RECURRENTE/S: Dº Modesto

RECURRIDO/S: AIR EUROPA LINEAS AEREAS SAU

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID a dieciocho de Noviembre de dos mil trece

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA,, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 803

En el recurso de suplicación nº 1164/13 interpuesto por el Letrado D. JOSE MARIA LABADIA DE PARAMO en nombre y representación de Dº Modesto, contra el auto dictado por el Juzgado de lo Social nº 17 de los de MADRID, de fecha 16.10.12, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 17-5-12 presentó demanda de despido D. Modesto contra AIR EUROPA LÍNEAS AÉREAS S.A.U. solicitando sentencia por la que se declarase la nulidad o improcedencia de su despido.

SEGUNDO

El Juzgado de lo Social nº 17 dictó auto el 29-8-12 declarando la falta de competencia objetiva del Juzgado para conocer de la demanda presentada, entendiendo que aquella corresponde a la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

TERCERO

Formulado recurso de reposición por la parte actora, se dicta auto desestimándolo con fecha 16-10-12, confirmando el anterior.

CUARTO

Contra el auto de 16-10-12 se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala, habiéndose fijado para votación y fallo el día 13.11.13.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- Recurre el demandante contra la resolución del Juzgado de lo Social que ha apreciado falta de competencia objetiva por corresponder a la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. El recurso ha sido impugnado por la empresa.

Resulta de las actuaciones que el 11-1-12 se presentó por la empresa demandada AIR EUROPA LÍNEAS AÉREAS S.A.U. solicitud de expediente de regulación de empleo ante la Dirección General de Empleo, la cual dictó resolución administrativa el 6-3-12 autorizando la extinción colectiva solicitada, contra la cual se ha formulado recurso de alzada por el SEPLA y diversos trabajadores entre ellos el actor. El 31-3- 12 se le ha comunicado al actor su despido por la empresa, despido impugnado por la demanda que da origen a estos autos, presentada el 17-5- 12 precedida de acto de conciliación celebrado el 10-5-12. Según alegaciones de la empresa, en agosto y septiembre de 2012 se han dictado resoluciones firmes en vía administrativa desestimando los recursos de alzada.

En el momento en que se comunicó al actor su despido de forma individual, en fecha 31-3-12, por considerarle la empresa incluido en la extinción colectiva autorizada, todavía no existía resolución firme en vía administrativa contra la que accionar. Esa resolución firme se habría producido, según manifiesta la empresa, en agosto y...

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