ATS, 15 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Octubre 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Octubre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de "BANCO SANTANDER, S.A." presentó el día 22 de mayo de 2012 escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 27 de marzo de 2012, por la Audiencia Provincial de Valencia (sección 9ª), en el rollo de apelación nº 913/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 983/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Valencia.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 4 de junio de 2012 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes el día 5 de junio de 2012.

  3. - El procurador D. Eduardo Codes Feijoo, en nombre y representación de "BANCO SANTANDER, S.A.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 19 de junio de 2012, personándose en calidad de recurrente . El procurador D. David García Riquelme, en nombre y representación de "BENILIMP S.L.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 2 de julio de 2012, personándose en calidad de parte recurrida .

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Antonio Salas Carceller , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de "BANCO SANTANDER, S.A.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 473 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizado por la representación de "BANCO SANTANDER, S.A.", con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓNY EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de "BANCO SANTANDER, S.A." contra la sentencia dictada, con fecha 27 de marzo de 2012, por la Audiencia Provincial de Valencia (sección 9ª), en el rollo de apelación nº 913/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 983/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Valencia.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De acuerdo con lo previsto en los arts. 473.3 y 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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