ATS, 4 de Marzo de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:1515A
Número de Recurso2452/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Marzo de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de "CAJA RURAL DE TERUEL, S.C.C." presentó el día 8 de mayo de 2013 escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 21 de febrero de 2013, por la Audiencia Provincial de Zaragoza (sección 5ª), en el rollo de apelación nº 549/2012 , dimanante de los autos de juicio sobre derecho al honor nº 221/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Zaragoza.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 29 de octubre de 2013 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes el día 30 de octubre de 2013.

  3. - La procuradora Dª. Rocío Sampere Meneses, en nombre y representación de "CAJA RURAL DE TERUEL, S.C.C.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 4 de noviembre de 2013, personándose en calidad de recurrente . La procuradora Dª. María José Rodríguez Teijeiro, en nombre y representación de Dª. Julieta , presentó escrito el día 11 de diciembre de 2013, personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de "CAJA RURAL DE TERUEL, S.C.C.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 473 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizado por la representación de "CAJA RURAL DE TERUEL, S.C.C.", con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓNY EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de "CAJA RURAL DE TERUEL, S.C.C." contra la sentencia dictada, con fecha 21 de febrero de 2013, por la Audiencia Provincial de Zaragoza (sección 5ª), en el rollo de apelación nº 549/2012 , dimanante de los autos de juicio sobre derecho al honor nº 221/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Zaragoza.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

De acuerdo con lo previsto en los arts. 473.3 y 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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