SAP Alicante 340/2013, 17 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha17 Abril 2013
Número de resolución340/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

ALICANTE

PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta

Tfno: 965.93.59.39-40

Fax: 965.93.59.51

NIG: 03014-37-1-2011-0005993

Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 000025/2011- - Dimana del Sumario Nº 000006/2011

Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 1 DE ALICANTE

SENTENCIA Nº 000340/2013

===========================

Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente:

D. ANTONIO GIL MARTINEZ

Magistrados/as:

D. JOSE ANTONIO DURA CARRILLO

DÑA. VIRTUDES LÓPEZ LORENZO

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En Alicante, a diecisiete de abril de 2013.

La Sección primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE integrada por los Ilmos. Sres. anotados al margen, ha visto la causa instruida con el numero Sumario nº 000006/2011 por el JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 1 DE ALICANTE por delito de Falsificación de moneda, contra Santiaga, con D.N.I. NUM000, vecino de ALICANTE, CALLE000 Nº NUM001 - NUM002 NUM003 TELEFONO NUM004

, nacido en ALICANTE, el NUM005 /90, hijo de JESUS y de EVA DE LAS NIEVES, representado/s por el/ la Procurador/a Sr./a. JOSE MANUEL SAURA ESTRUCH, y defendido/s por el/la Letrado/a Sr./a. AITOR ESTEBAN GALLASTEGUI ; en libertad por esta causa, siendo parte en las presentes diligencias el Ministerio Fiscal representado por Ilmo/a Sr/a. D/Dª D. JOSÉ LLOR, actuando como Ponente en esta causa el/la Iltmo/

  1. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ANTONIO GIL MARTINEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugar el día 16/4/13 se celebró ante este Tribunal juicio oral y publico en la causa instruida con el número Sumario nº 000006/2011 por el JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 1 DE ALICANTE, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas califico los hechos como constitutivos de un delito de Falsificación de moneda, previsto en el artículo 386-2º del C.P sin la concurrencia de circunstancias modificativas, solicitando la imposición a la procesada a la pena de 3 años de prisión, accesoria de inhabilitación del ejercicio de sufragio durante la condena y el pago de las costas.

TERCERO

La defensa del/os procesado/s en sus conclusiones definitivas solicitó la libre absolución de su defendido por entender no había incurrido en delito alguno.

  1. HECHOS PROBADOS

El día 14 de septiembre de 2009, Santiaga, mayor de edad y sin antecedentes peales, se personó en la oficina de la entidad financiera "La Caixa", sita en la Rambla de Méndez Núñez, de Alicante, entregando al empleado que se encontraba en la caja veinticinco billetes de 100 dólares para que se los cambiara en euros, presentando su documento de identidad para acreditar su personalidad. El empleado se apercibió de que se trataba de billetes falsos, lo que hizo saber a la acusada, que se sorprendió de tal circunstancia, pues creía que eran auténticos, reteniendo el cajero los billetes para su remisión al Banco de España, donde confirmaron la falsedad de los billetes.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El art. 386, párrafo 2º del Código Penal tipifica dos figuras delictivas relativas a la tenencia

de moneda falsificada orientada a su puesta en circulación. La primera de ellas requiere, como requisito imprescindible que el sujeto esté en connivencia con alguno de los autores a que se refiere el artículo anterior -fabricante, introductor y expendedor y distribuidor. La segunda se contrae a...

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