SAP Tarragona 69/2013, 14 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución69/2013
Fecha14 Febrero 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de apelación nº 1098/12

Procedimiento Juicio de faltas nº 995/12

Juzgado de Instrucción nº 1 de Reus

S E N T E N C I A Nº 69/2013

Tribunal.

Magistrado,

D. José Manuel Sánchez Siscart.

En Tarragona, a 14 de febrero de 2013

Visto ante la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Gema, representado por el Procurador Sra. ELIAS ARCALÍS y defendido por la Letrado Sra COTS JUAN, contra la Sentencia de fecha 11 de junio de 2012 dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Reus en el Juicio de Faltas nº 995/12 seguido por falta de lesiones por imprudencia en el que figura como absuelto Jose Ignacio y siendo parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Magistrado D. José Manuel Sánchez Siscart.

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

" ÚNICO.- Las presentes actuaciones se iniciaron mediante denuncia presentada por la Sra. Gema en fecha 8 de mayo de 2011 contra el denunciado por los hechos que constan en la misma.

Por razón de los hechos el Médico Forense emitió informe el día 11 de junio de 2012 consignando lesiones en la Sra. Gema consistentes en "lesión superficial en extremidad superior izquierda y hematoma en pubis" que requirieron para su curación un total de 15 días ninguno impeditivo no siendo necesario tratamiento alguno para su curación".

Segundo

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

" DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Jose Ignacio de la falta de que ha dado origen a la instrucción de las presentes diligencias, declarando de oficio las costas causadas".

Tercero

Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Gema, fundamentándolo en los motivos que constan en el escrito articulando el recurso. Cuarto.- Admitido el recurso y dado traslado por diez días a las demás partes para que presentasen escritos de impugnación o adhesión, el Ministerio Fiscal y la defensa de Jose Ignacio presentaron sendos escritos.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- Se aceptan los que así se declaran en la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte recurrente impugna la sentencia absolutoria dictada en la instancia, pues considera que la prueba practicada ha acreditado que la denunciante sufrió una mordedura en la pierna izquierda por parte de un perro de raza braco alemán, que le provocó una caída al suelo, causando pequeños destrozos en su bicicleta, alegando que dichos hechos serían constitutivos de una falta prevista y penada en el artículo 631.1 del Código Penal, dado que el perro se escapó de la casa del señor a quien pertenece por los barrotes de la valla, hecho que, según afirma, ocurre con frecuencia, y que el dueño del perro, como encargado de la custodia del mismo, debe responder de los daños que cause, siendo evidente que causó daños a la denunciante tanto corporales como materiales, que cuantifica en 1256,44 euros.

Por su parte el Ministerio Fiscal y la...

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