SAP Madrid 80/2008, 11 de Junio de 2008

PonenteOLATZ AIZPURUA BIURRARENA
ECLIES:APM:2008:9247
Número de Recurso13/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución80/2008
Fecha de Resolución11 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 23

ROLLO PENAL Nº 13-08

PROCEDENTE DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN 17 MADRID

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 1271-07

SENTENCIA Nº 80/08

MAGISTRADOS SRES.

Dª OLATZ AIZPURUA BIURRARENA

D. RAFAEL MOZO MUELAS

Dª NURIA BARABINO BALLESTEROS

En Madrid a 11 de Junio de 2008.

Vista en Juicio oral y público ante la Sección Veintitrés de esta Audiencia Provincial la presente causa 13-08 seguida por los trámites de procedimiento abreviado ante el Juzgado de Instrucción nº 17 de Madrid por delito contra la salud pública; contra Gerardo con DNI NUM000, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa.

Es parte acusadora el Ministerio Fiscal.

Expone el parecer de la Sala como ponente Dª OLATZ AIZPURUA BIURRARENA.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito contra la salud pública previsto y penado en el artículo 368 del Código Penal, estimando como responsable del mismo en concepto de autor a Gerardo, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y pidió que se le impusieran las penas de cuatro años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, multa de 531,64 euros con arresto sustitutorio de diez días en caso de impago, comiso de la droga y dinero intervenidos.

SEGUNDO

La defensa del acusado en igual trámite alegó que procedía la libre absolución de su defendido.

PRIMERO

Sobre las 21 horas del 16 de febrero de 2007 el acusado Gerardo se encontraba en la Plaza de Cascorro de Madrid y en un cacheo efectuado por agentes de la Policía Municipal le incautaron un envoltorio de que contenía 11.615 mg de MDMA con riqueza del 80,1% y un trozo de hachís que pesaba 4,92 gramos con una pureza del 20,4%. No ha quedado acreditado que destinara esas sustancias para el tráfico.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El Ministerio Fiscal imputa al acusado la comisión de un delito contra la salud pública por tenencia preordenada al tráfico de las drogas que le fueron incautadas en un cacheo policial; por su parte el acusado ha venido sosteniendo desde el inicio de las actuaciones que el destino era su propio consumo.

Como señala la STS de 24.04.07 la voluntad de destinar la droga poseída al tráfico, elemento subjetivo preciso para calificar de penalmente típica la conducta enjuiciada, a falta de un expreso reconocimiento del poseedor - ciertamente infrecuente-, o de que la evidencie la cantidad de droga poseída, solamente puede ser acreditada en el proceso penal mediante una prueba indirecta o indiciaria para cuya validez y eficacia es preciso, según consolidada jurisprudencia de esta Sala (v., por todas, STS 578/2006, de 22 de mayo de 2006 ), la concurrencia de los siguientes requisitos:

  1. Pluralidad de hechos-base o indicios.

  2. precisión de que tales hechos-base estén acreditados por prueba de carácter directo y ello para evitar los riesgos inherentes que resultarían de una concatenación de indicios.

  3. necesidad de que sean periféricos o concomitantes, respecto del dato fáctico a probar.

  4. interrelación entre dichos indicios.

  5. racionalidad de la inferencia, en el sentido de que entre los indicios y el dato precisado de acreditar ha de existir un "enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano", es decir, la inferencia ha de ser respetuosa con las exigencias de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
6 sentencias
  • SAP Granada 491/2015, 23 de Julio de 2015
    • España
    • July 23, 2015
    ...públicamente el discurso del Tribunal y, en su caso, ser sometido al control de los órganos jurisdiccionales superiores. ( sentencia AP Madrid de 11-6-2.008 ). En el delito contra la salud pública es elemento del tipo no solo la presencia de la sustancia estupefaciente, sino también la real......
  • SAP Granada 157/2011, 22 de Marzo de 2011
    • España
    • March 22, 2011
    ...públicamente el discurso del Tribunal y, en su caso, ser sometido al control de los órganos jurisdiccionales superiores.( sentencia AP Madrid de 11-6-2.008 ). La sustancia intervenida la llevaba el acusado en un bolsillo sito en un doble fondo del pantalón. Todo ello nos lleva a pensar que,......
  • SAP Granada 192/2010, 26 de Marzo de 2010
    • España
    • March 26, 2010
    ...públicamente el discurso del Tribunal y, en su caso, ser sometido al control de los órganos jurisdiccionales superiores.( sentencia AP Madrid de 11-6-2.008 ).-En el caso que nos ocupa, la cocaína iba oculta en la maleta, en forma de bola, en una bolsa, al fondo de la misma. Dicha maleta est......
  • SAP Granada 62/2014, 10 de Febrero de 2014
    • España
    • February 10, 2014
    ...públicamente el discurso del Tribunal y, en su caso, ser sometido al control de los órganos jurisdiccionales superiores. ( sentencia AP Madrid de 11-6-2.008 ). La sustancia intervenida la habían traído los ocupantes del vehículo Mitsubishi en connivencia con Cristobal, y viajaba la droga en......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR