SAP Burgos 19/2013, 23 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución19/2013
Fecha23 Enero 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00019/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio : PASEO DE LA AUDIENCIA Nº 10

Telf : 947259950

Fax : 947259952

N.I.G.: 09059 42 1 2011 0003460

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000412 /2012

Juzgado procedencia : JDO.DE 1A.INSTANCIA N.3 de BURGOS

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000392 /2011

RECURRENTE : Adolfo, Montserrat, Teresa, Camilo

Procurador/a : CESAR GUTIERREZ MOLINER, CESAR GUTIERREZ MOLINER, CESAR GUTIERREZ MOLINER, CESAR GUTIERREZ MOLINER

Letrado/a : FERNANDO LOPEZ IGLESIAS, FERNANDO LOPEZ IGLESIAS, FERNANDO LOPEZ IGLESIAS, FERNANDO LOPEZ IGLESIAS

RECURRIDO/A : CAIXABANK SA

Procurador/a : MERCEDES MANERO BARRIUSO

Letrado/a : FERNANDO DANCAUSA TREVIÑO

La Sección Tercera de la Audiencia provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados don Juan Sancho Fraile, Presidente don Ildefonso Barcala Fernández de Palencia y Doña María Esther Villímar San Salvador, ha dictado la siguiente.

S E N T E N C I A Nº. 19

En Burgos, a veintitrés de enero de dos mil trece.

VISTO Por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 412/2012, dimanante del Juicio Ordinario 392/2011, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Burgos, sobre reclamación de cantidad, en recurso de apelación interpuesto contra Sentencia de fecha 3 de octubre de 2012, en los que aparece como parte demandada y apelante, DON Adolfo, DOÑA Montserrat, DOÑA Teresa y DON Camilo, representados por el Procurador de los tribunales, don César Gutiérrez Moliner, asistidos por el Letrado don Fernando López Iglesias; y, como parte demandante y apelada, CAIXABANK SA, representada por la Procuradora de los tribunales, doña Mercedes Manero Barriuso, asistida por el Letrado don Fernando Dancausa Treviño. Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Juan Sancho Fraile, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: " Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Manero Barriuso, en representación de Banca Cívica, S.A. (antes Caja de Ahorros Municipal de Burgos), contra don Adolfo, doña Montserrat, doña Teresa y don Camilo

    , representados por el Procurador Sr. Gutiérrez Moliner, DEBO DECLARAR Y DECLARO LA NULIDAD del contrato de donación otorgado por don Adolfo y doña Montserrat en Escritura Pública de fecha 16 de octubre de 2008, ante el Notario de Burgos don Juan Manuel Palacios Gil de Antuñano, protocolo 1.825/2008, respecto de las fincas registrales nº NUM000 del Registro de la Propiedad 4 de Burgos y nº NUM001 del Registro de la Propiedad de Briviesca (Burgos) a favor de sus hijos doña Teresa y don Camilo ; y, en consecuencia, DEBO CONDENAR Y CONDENO a los demandados a estar y pasar por dicha declaración, ORDENANDO igualmente la CANCELACION de las inscripciones practicadas en base a dicha donación los mencionados Registros, remitiendo los mandamientos necesarios. Y todo ello, con expresa imposición a los demandados de las costas procesales causadas.

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes por la representación de don Adolfo, doña Montserrat

    , doña Teresa y don Camilo se presentó escrito interponiendo recurso de apelación. Y dado traslado a la otra parte, presentó escrito de oposición a dicho recurso dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 22 de enero de 2013 en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS...

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