STSJ Cantabria 264/2012, 27 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución264/2012
Fecha27 Marzo 2012

S E N T E N C I A nº 000264/2012

Ilmo. Sr. Presidente

Don Rafael Losada Armada

Ilmas. Sras. Magistradas

Doña María Teresa Marijuán Arias

Doña Clara Penin Alegre

Doña Esther Castanedo Garcia

------------------------------------ En la ciudad de Santander, a veintisiete de marzo de dos mil doce.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recursode apelación nº 390/11 interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 1 de Santander, de fecha 19 de septiembre de 2011, en el procedimiento ordinario nº 585/09 por el Letrado Sr. Don Juan Luis Mateos Fernández, en nombre de Doña Dulce, siendo parte apelada el Ayuntamiento de Santander, representado por la Procuradora Sra. Doña María González Pinto Coterillo y asistido del Letrado Sr. Don Juan de la Vega-Hazas Porrúa, siendo parte codemandada la Compañía de Seguros Zurich Insurance PLC sucursal en España, representada por la Procuradora Sra. Dolores Echevarría Obregón y asistida por el Letrado Sr. Torre Fernández.

Es Ponente la Ilma. Sra. Doña Clara Penin Alegre, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación se tuvo por interpuesto el día 21 de octubre de 2011, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 1 de Santander, de fecha 19 de septiembre de 2011, en el procedimiento ordinario nº 585/09, que en su parte dispositiva establece: «Se desestima íntegramente la demanda presentada por el Letrado Sr. Mateos Fernández, en nombre y representación de Doña Dulce contra la resolución del Ayuntamiento de Santander de 11-8-2009. No se hace especial pronunciamiento en costas».

SEGUNDO

Del recurso de apelación se dio traslado a la contraparte que formuló oposición al mismo y solicitó de la Sala su desestimación.

TERCERO

En fecha 7 de diciembre de 2011 se dictó diligencia de elevación de las actuaciones a esta Sala una vez efectuados los correspondientes emplazamientos y no habiéndose solicitado la apertura de período probatorio, ni celebración de vista o conclusiones por escrito, se declaró el recurso concluso para sentencia, señalándose para la votación y fallo el día 21 de marzo de 2012, en que se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La presente apelación tiene por objeto la Sentencia dictada por el Juzgado de lo...

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