STSJ Cataluña 530/2012, 13 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución530/2012
Fecha13 Septiembre 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

Recurso nº 350/2010

SENTENCIA Nº 530/2012

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE:

DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO

MAGISTRADOS:

DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA

DON JUAN FERNANDO HORJADA MOYA

En la Ciudad de Barcelona, a 13 de septiembre de 2012.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contenciosoadministrativo nº 350/2010, interpuesto por OCA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS, SA, representada por el Procurador DON ILDEFONSO LAGO PÉREZ y dirigida por el Letrado DON ALBERTO RAVENTÓS SOLER, contra la ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA representada y dirigida por el Sr./a. LETRADO/A DE LA GENERALIDAD, siendo partes codemandadas APPLUS ITEUVE TECHNOLOGY

, representada por el Procurador DON ANTONIO MARÍA DE ANZIZU FUREST y dirigida por el Letrado DON MIQUEL ROCA JUNYENT, REVISIÓ DE VEHICLES, SA, representada por el Procurador DON IU RANERA CAHIS y dirigida por el Letrado don M. MAS I RAUCHWERK, CERTIO ITV, SL, representada por el Procurador DON XAVIER MANJARÍN ALBERT y dirigida por el Letrado DON ROMÀ MIRÓ MIRÓ, y GRUPO ITEVELESA, SL, representada por el Procurador DON ÁNGEL JOANIQUET TAMBURINI y dirigida por el Letrado DON JUAN ALFONSO SANTAMARÍA PASTOR. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la "Resolución IUE/2862/2010, de 31 de agosto, por la que se hacen públicas las autorizaciones de las entidades Applus Iteuve Tecnology, SL, Applus ECA-ITV y Revisions de Vehicles, SA (Preven Control), como titulares de estación de inspección técnica de vehículos de acuerdo con el Decreto 30/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial."

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente que se declare la nulidad del acto objeto del recurso, así como del artículo 80.2 y de la disposición adicional primera , segunda y cuarta del Decreto 30/2010, de 2 de marzo, y la inadmisbilidad del recurso contencioso-administrativo (alegada tan solo por Certio ITV, SL), y desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso se impugna la "Resolución IUE/2862/2010, de 31 de agosto, por la que se hacen públicas las autorizaciones de las entidades Applus Iteuve Tecnology, SL, Applus ECA-ITV y Revisions de Vehicles, SA (Preven Control), como titulares de estación de inspección técnica de vehículos de acuerdo con el Decreto 30/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial.

De conformidad con el artículo 82.9 del Decreto 30/2010, de 2 de marzo (DOGC núm. 5582, de

8.3.2010), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, se debe publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la parte dispositiva de la Resolución de autorización para actuar como titular de las estaciones de inspección técnica de vehículos en Cataluña.

Mediante resoluciones de 22 de junio de 2010 se autoriza a las entidades Applus Iteuve Tecnology, SL, y Applus ECA-ITV como titulares de estación de inspección técnica de vehículos de acuerdo con el Decreto 30/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial.

Mediante la Resolución de 21 de julio de 2010 se autoriza a la entidad Revisions de Vehicles, SA (Preven Control), como titular de estación de inspección técnica de vehículos de acuerdo con el Decreto 30/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial.

Por todo ello, se hace pública y de general conocimiento la parte dispositiva de las resoluciones de autorización mencionadas:

1 La Resolución de 22 de junio de 2010 por la que se autoriza a la entidad Applus Iteuve Tecnology, SL, como titular de estación de inspección técnica de vehículos de acuerdo con el Decreto 30/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, dispone:

"Por todo ello resuelvo:

"1. Autorizar a la entidad Applus Iteuve Tecnology, SL, como titular de estación de inspección técnica y para las estaciones y líneas siguientes:

EstaciónLíneas

B-05 St. Just Desvern2

B-07 St. Joan Despí2

B-09 St. Miquel d'Olèrdola2

B-11 Cornellà de Llobregat3

B-14 Diputació2

B-15 Motors4

B-17 Vilanova i la Geltrú2

B-21 St. Andreu de la Barca2

L-02 Lleida4

L-03 Tremp1

L-05 Granyanella2 L-07 Artesa de Segre1

L-08 Vielha1

L-09 Sort1

T-02 Reus4

T-03 Tortosa2

T-04 Móra la Nova2

T-05 Montblanc1

T-06 Tarragona3

Total líneas fijas41

M-0 1 Móvil universal 1

MA-05 Móvil agrícola1

MA-07 Móvil agrícola1

Total móviles3

"2. Declarar que esta autorización tendrá una duración de 25 años a contar desde la fecha de notificación de la presente Resolución de autorización.

"3. Condicionar esta autorización a las siguientes circunstancias:

"a) Al cumplimiento de las obligaciones derivadas del proceso de reversión, en los términos y en los plazos que se prevean en la resolución de cierre de este proceso.

"b) Al cumplimiento de los requisitos de cuota máxima de mercado y distancias mínimas de compatibilidad entre estaciones de ITV de un mismo titular, en los plazos previstos en la disposición transitoria quinta del Decreto 30/2010 .

"c) Al cumplimiento de los requerimientos pendientes de la autoridad laboral sobre riesgos laborales.

"d) A la obtención, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Decreto 30/2010, de 2 de marzo, de la acreditación de la competencia técnica, la certificación de su sistema de aseguramiento de la calidad y de su sistema de gestión ambiental en relación con las estaciones móviles objeto de esta autorización.

"4. Que se notifique esta Resolución a Applus Iteuve Tecnology, SL, y que se le dé un plazo de 10 días a fin de que ingrese en la cuenta del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa la cantidad de

20.000 # por estación restante, correspondiente a la tasa por la tramitación de la autorización de cada estación de inspección técnica de vehículos que se establezca en Cataluña.

5. Publicar la parte dispositiva de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

2 La Resolución de 22 de junio de 2010 por la que se autoriza a la entidad Applus ECA-ITV como titular de estación de inspección técnica de vehículos de acuerdo con el Decreto 30/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, dispone:

"Por todo ello resuelvo:

"1. Autorizar a la entidad Applus ECA-ITV como titular de estación de inspección técnica y para las estaciones y líneas siguientes:

EstaciónLíneas

B-02 Badalona4

B-03 Viladecavalls4

B-06 Manresa2

B-08 Argentona3

B-10 Puigmadrona2

B-12 Igualada2 B-13 Berga2

B-16 Còrsega3

B-18 Granollers3

B-19 Àvila3

B-20 CIM - Vallès2

B-22 St. Cugat del Vallès3

B-23 Caracas2

B-24 Sabadell3

GI-05 Puigcerdà1

L-04 Montferrer1

L-06 Solsona1

Total líneas fijas41

M-03 Universal1

M-08 Agrícola1

Total líneas móviles2

"2. Declarar que esta autorización tendrá una duración de 25 años a contar desde la fecha de notificación de la presente Resolución de autorización.

"3. Condicionar esta autorización a las siguientes circunstancias:

"a) Al cumplimiento de las obligaciones derivadas del proceso de reversión, en los términos y en los plazos que se prevean en la resolución de cierre de este proceso.

"b) Al cumplimiento de los requisitos de cuota máxima de mercado y distancias mínimas de compatibilidad entre estaciones de ITV de un mismo titular, en los plazos previstos en la disposición transitoria quinta del Decreto 30/2010 .

"c) Al cumplimiento de los requerimientos pendientes de la autoridad laboral sobre riesgos laborales.

"d) A la obtención, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Decreto 30/2010, de 2 de marzo, de la acreditación de la competencia técnica, la certificación de su sistema de aseguramiento de la calidad y de su sistema de gestión ambiental en relación con las estaciones móviles objeto de esta autorización.

"4. Que se notifique esta Resolución a Applus ECA-ITV y se le dé un plazo de 10 días a fin de que ingrese en la cuenta del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa la cantidad de 20.000 # por estación restante, correspondiente a la tasa por la tramitación de la autorización de cada estación de inspección técnica de vehículos que se establezca en Cataluña.

5. Publicar la parte dispositiva de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

3 La Resolución de 21 de julio de 2010 por la que se autoriza a la entidad Revisions de Vehicles, SA (Preven Control), como...

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