STSJ Galicia 5279/2012, 29 de Octubre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 5279/2012 |
Fecha | 29 Octubre 2012 |
T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax:881881133 /981184853
NIG: 32054 44 4 2011 0001993
402250 SECRETARIA SR. GAMERO LOPEZ PELAEZ IP
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005387 /2011
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000479 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de OURENSE
Recurrente/s: Delfina
Abogado/a: ANTONIO VALENCIA FIDALGO
Procurador/a:
Graduado/a Social:
Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Abogado/a:
Procurador/a:
Graduado/a Social:
ILMO/A SR/SRA PRESIDENTE
D/Dª ROSA RODRIGUEZ RODRIGUEZ
PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR
RAQUEL NAVEIRO SANTOS
En A CORUÑA, a veintinueve de Octubre de dos mil doce.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0005387 /2011, formalizado por el/la D/Dª ANTONIO VALENCIA FIDALGO, Letrado, en nombre y representación de Delfina, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de OURENSE en el procedimiento DEMANDA 0000479 /2011, seguidos a instancia de Delfina frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª RAQUEL NAVEIRO SANTOS.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Delfina presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia, de fecha veintinueve de Septiembre de dos mil once
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
La parte demandante Delfina nacida el NUM000 -65 afiliada a la Seguridad Social con el nº NUM001, encuadrado en el régimen general, con una profesión habitual de ayudante avícola. Base reguladora 930,92 #.
Interesada en su día pensión de incapacidad permanente se tramito el oportuno expediente administrativo, siendo denegada su solicitud por resolución de fecha 23-6-11. Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución de fecha 12-7-11 en virtud de la cual se confirmo la impugnada.
Que la demandante presenta las siguientes lesiones: síndrome del túnel carpiano bilateral intervenido el derecho en 2008, cervicalgia, episodio depresivo mayor moderado-leve, epigastralgias, rinitis perenne no alérgica.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: FALLO : Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Delfina contra INSS Y TGSS, sobre INVALIDEZ, declarando no haber lugar a la misma, absolviendo a las Entidades Gestoras demandadas de la pretensi6n en su contra ejercitada.
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Delfina formalizándolo posteriormente. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL en fecha 18 de noviembre de 2011.
Admitido a trámite el recurso se señaló el día 25 de octubre de 2012 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,
La sentencia de instancia desestima la demanda presentada por Dña. Delfina en la que solicitaba que se le declarase afecta de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de ayudante avícola ; frente a tal pronunciamiento se alza la parte...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Galicia 3400/2016, 6 de Junio de 2016
...no alérgica". Y una vez más, también desestimado en vía administrativa y por SJS 3 Ourense 29 septiembre 2011, confirmada por STSJ Galicia 29 octubre 2012, que estableció como lesiones "síndrome del túnel carpiano bilateral intervenido el derecho en 2008, cervicalgia, episodio depresivo may......