SAP Santa Cruz de Tenerife 405/2012, 5 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha05 Septiembre 2012
Número de resolución405/2012

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 5 de septiembre de 2012.

Visto en trámite de Apelación, en nombre de S.M. el Rey, por la Iltma. Sra. Dna. Francisca Soriano Vela, Magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, el Juicio de Faltas Inmediato No 41/2011, procedente del Juzgado de Instrucción no 1 de Arona, y habiendo sido parte, de un lado y como apelante D. Casiano, ejercitando la acción el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juez de Instancia, resolviendo en el referido Juicio Verbal de Faltas inmediato, con fecha 15 de marzo de 2011, se dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a D/Dona Casiano como autor/a penalmente responsable de UNA FALTA de LESIONES del artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de 60 DÍAS- MULTA con una cuota diaria de 04,00 EUROS; que hacen un total de 240,00 EUROS, pagaderos de UNA SOLA VEZ, y una vez firme la presente resolución, y con condena al pago de las costas, si las hubiere.

Asimismo, y en concepto de RESPONSABILIDAD CIVIL, el denunciado/a D/Dona Casiano deberá indemnizar a el/la denunciante D/Dona Milagrosa a razón de 50,00 euros diarios por cada uno de el/los 7 día/s no impeditivos para sus ocupaciones habituales, en que tardaron en curar sus lesiones, que hacen UN TOTAL DE 350,00 EUROS, pagaderos de UNA SOLA VEZ, y una vez firme la presente resolución."

SEGUNDO

En dicha sentencia se declaran probados, los siguientes hechos:

"Que sobre las 14:30 horas del 10 de marzo de 2011, en la Cafetería Tic-Tac, sita en Avenida Constitución, Municipio de Adeje, el/la denunciado/a D/Dona Casiano, agredió a D/Dona Milagrosa, lanzándola contra la pared, causándole lesiones que duraron 7 día/s no impeditivos para sus ocupaciones habituales, en que tardaron en curar sus lesiones, y lesiones todas ellas que constan en el Informe Médico Forense, siendo compatibles con los hechos denunciados. "

TERCERO

Que impugnada la Sentencia, se remitieron a éste Tribunal las actuaciones formándose el correspondiente Rollo y senalándose la resolución de la apelación para el día de la fecha.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Recurre la sentencia dictada por el Juzgado instrución número uno de Arona, de fecha 15 de Marzo de 2011, Don Casiano, recurso que se fundamenta en síntesis en una errónea valoración de la prueba, al existir versiones contradictorias, invocando el principio constitucional de presunción de inocencia y de "in dubio pro reo", solicitando la absolución.

SEGUNDO

Con carácter previio al exámen de los motivos en que se artícula el recurso, debemos examinar si concurre la prescripción, ya que en el caso de su apreciación no será necesario entrar en el exámen de dichos motivos.

La Sentencia del Tribunal Constitucional 63/2005, de 14 de Marzo establece en el sexto de sus razonamientos jurídicos que.... " La trascendencia de los valores constitucionales y de los bienes jurídicos puestos en juego cuando lo que se niega es que se haya producido la prescripción de los hechos delictivos enjuiciados impone, pues, una lectura teleológica del texto contenido en el artículo 132.2 C.P . que lo conecta a las finalidades que con esa norma se persiguen, finalidades que, conforme ha quedado expuesto, no son las estrictamente procesales de...

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