SAP A Coruña 114/2012, 12 de Junio de 2012

PonenteMARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO
ECLIES:APC:2012:2033
Número de Recurso142/2012
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución114/2012
Fecha de Resolución12 de Junio de 2012
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00114/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de A CORUÑA

Domicilio: RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Telf: 981 18 20 74/75/36

Fax: 981 18 20 73

Modelo: N54550

N.I.G.: 15030 43 2 2009 0031559

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000142 /2012 T

Juzgado procedencia: XDO. INSTRUCION N. 2 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000113 /2010

RECURRENTE: Carla

Procurador/a: JOSÉ LUIS CASTILLO VILLACAMPA

Letrado/a: VICENTE MANUEL MESIAS MARTINEZ

RECURRIDO/A: Celia, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA Nº 114

En A Coruña, a doce de junio de dos mil doce.

La Ilma. Magistrada DOÑA MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO, como Tribunal Unipersonal de la SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA,

En nombre de S.M. el Rey

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Nº 2 de los de A CORUÑA, en el Juicio de Faltas Nº 113/10, seguido por una falta de lesiones, siendo parte apelante Carla, representada y defendida por los profesionales arriba mencionados y como apelada Celia, representada y defendida por los profesionales arriba indicados habiendo intervenido el MINISTERIO FISCAL en el ejercicio de la acusación pública.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de Instrucción anteriormente citado, se ha dictado sentencia en fecha 04-11-2011, cuya parte dispositiva dice así:" FALLO : Que debo condenar y condeno a Celia como autor de una falta de lesiones del art. 617.1 a la pena de 40 días de multa con una cuota diaria de seis euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53.1 del C. Penal y con obligación de indemnizar a Carla en 350 euros por días de curación, con aplicación en materia de intereses del art. 576 de la LEC, todo ello con imposición de costas procesales en la proporción legal."

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de Apelación por Carla, que fue admitido a trámite en ambos efectos y conferidos por el Instructor los traslados a las restantes partes, tal como establece el artículo 795.4º, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y una vez trascurridos los plazos establecidos, se elevaron las actuaciones a la oficina de registro y reparto de la Audiencia Provincial, correspondiendo por reparto a esta Sección Segunda el presente recurso, que fue registrado como Rollo (RJ) Nº 142/12 .

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados de la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se opone el recurrente a la sentencia de instancia alegando error en la valoración de la prueba por no incluir dentro del pronunciamiento indemnizatorio el importe de las sesiones de rehabilitación.

No pueden tener las alegaciones del recurrente favorable acogida. Como adecuadamente pondera la Juez de...

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