SAP Lugo 94/2012, 5 de Julio de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 05 Julio 2012 |
Número de resolución | 94/2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
LUGO
SENTENCIA: 00094/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de LUGO
- Domicilio: PALACIO DE JUSTICIA - PLAZA DE AVILÉS, S/N
Telf: 982 29 48 40
Fax: 982 29 48 43
Modelo: N54550
N.I.G.: 27057 41 2 2011 0102630
ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000088 /2012- H
Juzgado procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de SARRIA
Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000091 /2011
RECURRENTE: Aureliano, Aureliano
Procurador/a:
Letrado/a:
RECURRIDO/A:
Procurador/a:
Letrado/a:
audiencia provincial de lugo
sección segunda
ROLLO Nº 88/12-H
Órgano de Procedencia: JUZGADO DE SARRIA
Procedimiento de origen: Juicio de Faltas 91/11
Lugo, cinco de Julio de dos mil doce .
El Ilmo. Sr. D. EDGAR AMANDO FERNÁNDEZ CLOOS, Presidente de esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo, ha dictado la siguiente:
sentencia nº 94 En los autos de Juicio Verbal de Faltas, seguidos con el número 91/11 ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de SARRIA a que se refiere el presente Rollo nº 88/12-H y en el cual es parte apelante Aureliano (DNI NUM000 ) Germán (DNI NUM001 ) Y Aureliano (DNI NUM002 ) y partes apeladas, Obdulio y el Ministerio Fiscal.
Que por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sarria y en el Juicio de Faltas referido se dictó sentencia, en cuyo fallo se dice: "Que debo condenar y condeno a Aureliano (DNI NUM000 ), Aureliano (DNI NUM002 ), Germán (DNI NUM001 ), como autores responsables de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de UN MES DE MULTA con una cuota diaria de tres euros, cada uno, con la responsabilidad personal subsidairia en caso de impago prevista en el artículo 53 del Código Penal, con imposición de las costas a los condenados. En orden a la responsabilidad civil derivada de la falta, se les condena, a que procedan conjunt ay solidariamente a indemnizar al denunciante, Obdulio, en la cantidad de 386,10 euros, con aplicación de los intereses legales moratorios y procesales de los artículos 1108 del Código Civil y 576 de la LEC .
Que debo CONDENAR Y CONDE NO A Aureliano (DNI NUM002 ), padre, como autor esponsable de una falta de amenazas del artículo 620.2 del Código Penal, a la pena de VEINTE días de Multa con una cuota diaria de tres euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago prevista en el artículo 53 del Código Penal, con imposición de las costas al condenado.
Que debo CONDENAR Y CONDENO A Aureliano, padre (DNI NUM002 ) y Germán (DNI NUM001 ) como autores de una flata continuada de injurias del artículo 620.2 del Código Penal a la pena a cada uno de ellos de VEINTE DÍAS de multa con cuota diaria de tres euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, con imposición de las costas a los condenados.
Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO a los denunciados, del resto de pedimentos formulados p9or las acusaciones, declarando de oficio las costas causadas por estas faltas".
Contra la misma se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, y una vez dado traslado a las partes por término de diez días comunes a los fines previstos en el art. 790-5, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se remitieron las actuaciones a esta Audiencia a fin de dictar resolución.
Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales. HECHOS PROBADOS
Se aceptan y dan por reproducidos los expresados en la sentencia apelada, del siguiente tenor literal: UNICO.- Constan probados los siguientes hechos denunciados que obran...
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