SAP Zamora 75/2012, 19 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución75/2012
Fecha19 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

ZAMORA

SENTENCIA: 00075/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

ZAMORA

------------- Rollo nº : 31/2012

J. Faltas nº : 122/2011

Procedencia: Juzgado de Instrucción nº 1 de Benavente

sentencia nº 75

En la ciudad de Zamora a 19 de junio de 2012.

VISTOS por la Ilma. Sra. Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Magistrada de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos del Juicio Verbal de Faltas nº 122/2011, seguido por una falta de Amenazas, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 1 de Benavente, en virtud del recurso interpuesto por Basilio, siendo apelado Eloy, y

antecedentes de hecho
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Benavente se dictó sentencia con fecha 9/1/2012 y en la que se declara probado que: "Que el día 14 de mayo de 2011, Eloy recibió una llamada al teléfono móvil de la empresa proveniente del teléfono móvil de Basilio en la cual este último profería frases amenazantes tales como "dile a Eloy que voy a ir a por él que se ha acostado con mi mujer y lo voy a matar que tenga cuidado detrás de la casa". Asimismo en fecha 25 de mayo de 2011 recibió nuevamente en dicho teléfono móvil un mensaje de texto proveniente del teléfono móvil de Basilio, donde este profería frases tales como "hijo de puta no sabes donde te has metido, recuerdos a tu mujer la mansa".

SEGUNDO

En la parte dispositiva de la citada sentencia se contiene el siguiente pronunciamiento: "Debo condenar y condeno a Basilio como autor de dos faltas de amenazas de carácter leve, ya definida, a la pena para cada una de ellas de 15 días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de privación de libertad en caso de impago y, a que abone las costas del presente juicio".

TERCERO

Contra dicha resolución se recurrió por la representación procesal de Basilio, en base a las alegaciones que constan en su escrito de interposición y que se dan por reproducidas.

CUARTO

Recibidos los autos en la Audiencia, se formo el correspondiente rollo de apelación, y habiendo correspondido de conformidad con las normas de reparto a la Ilma. Sra. Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ, por resolución de la Sala, pasaron las actuaciones al mismo para la resolución procedente.

HECHOS PROBADOS ÚNICO .- Se aceptan parcialmente los hechos probados de la Sentencia objeto de recurso, ya que declaramos no probado el hecho de que el mensaje recibido en el teléfono móvil del denunciante el 25 de mayo de 2011 proviniera del teléfono móvil de Basilio .

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La concurren de error en la valoración a de la prueba en relación con la declaración como probado del hecho de que el denunciante recibiera un mensaje de texto en su teléfono móvil proveniente del teléfono del denunciado es evidente, porque toda la investigación realizada desde el momento en que se pone en conocimiento de la Guardia Civil la recepción del mensaje, conduce a que el mensaje se remitió desde un teléfono público ubicado en Asrturias.

SEGUNDO

Sin embargo y aún dejando...

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