SAP Orense 268/2012, 22 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución268/2012
Fecha22 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

OURENSE

SENTENCIA: 00268/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de OURENSE

- Domicilio: PZA. CONCEPCION ARENAL, 1

Telf: 988687072/988687068

Fax: 988687075

Modelo: 213100

N.I.G.: 32032 41 2 2009 0100478

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000510 /2012

Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 1 de OURENSE

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000159 /2011

RECURRENTE: Jenaro

Procurador/a: JOSE MARIA FERNANDEZ VERGARA

Letrado/a:

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA Nº 268/2012

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ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente/a:

D./DÑA. ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE

Magistrados/as

D./DÑA. MANUEL CID MANZANO

D./DÑA. AMPARO LOMO DEL OLMO

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En OURENSE, a veintidós de Junio de dos mil doce. VISTO, por la Sección 002 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, ROLLO DE APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO 510/2012, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador JOSE MARIA FERNANDEZ VERGARA, en representación de Jenaro, contra la Sentencia dictada en el procedimiento PA 0000159 /2011 sobre LESIONES del JDO. DE LO PENAL nº 001 ; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, y como apelado, el MINISTERIO FISCAL, actuando como Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a. Sr./a. D. MANUEL CID MANZANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha diecisiete de Febrero de dos mil doce, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Jenaro como autor responsable de un delito de LESIONES, a la pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, debiendo indemnizar a Saturnino en 954,8 euros".

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: "El día 22 de marzo de 2009, alrededor de las 7.30 horas el acusado Jenaro, natural de Portugal con DNI NUM000, mayor de edad nacido el NUM001 -1986, sin antecedentes penales, se encontraba en el interior del Pub Undergraund sito en Xinzo de Límia y en un momento dado se dirigió al encargado del local Saturnino y le lanzó un vaso causándole una herida cortante en región parietooccipital derecha y dos heridas cortantes en el dorso de la mano derecha. Dichas lesiones precisaron para su curación la colocación de cuatro grapas en el cuero cabelludo y tres puntos de sutura en la mano y tardaron 16 días en curar, ocho de ellos impeditivos para sus ocupaciones habituales. Además le restó un cicatriz de 4 cm en región parietooccipital en el cuero cabelludo que no supone perjuicio estético al estar cubierta por el cabello y dos cicatrices de 1 y 1,5 centímetros hipocromicas que constituyen perjuicio estético ligero. "

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentó escrito de impugnación por el MINISTERIO FISCAL en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se formó en su virtud el Rollo de apelación de su clase nº 510/2012, para resolución del recurso.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la sentencia recurrida.

PRIMERO

Ciertamente la resolución de la cuestión debatida, donde han existido versiones contradictorias, pasa por un análisis de todas y cada una de las manifestaciones que ha de verificar el Juez a quo amparándose en la inmediación habida. Lo que plantea la parte recurrente es que ha existido una errónea apreciación o valoración de la prueba y, a tal respecto, ha de señalarse que, si bien el recurso de apelación viene a posibilitar el...

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