SAP Murcia 257/2012, 15 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Junio 2012
Número de resolución257/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

00257/2012

SENTENCIA

NÚM.257/12

En la Ciudad de Murcia, a quince de junio de dos mil doce.

El Ilmo. D. Álvaro Castaño Penalva, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 160/12, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número Uno de Mula, en procedimiento de Juicio de Faltas número 21/11, seguido por lesiones e injurias, en el que han intervenido, como apelante, la denunciante/ denunciada Agustina, asistida del Letrado D. Pascual Rojo Moya; como apelada, la denunciante/denunciada Carmela, asistida de la Letrada Dª. Maria Dolores Valcárcel Sánchez; y el Ministerio Fiscal que actúa en esta instancia como apelado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de marzo de 2012 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 21/11

, el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "Que sobre las 15:55 del día 19 de enero de 201, en la puerta del colegio en la localidad de Albudeite, Agustina y Carmela se golpearon mutuamente provocándose lesiones.

Como consecuencia de los hechos Carmela sufrió policontusiones, erosión en la región facial y orbitaria derecha y cervicalgia. Para su curación precisó sólo de una primera asistencia facultativa, tardando en curar 21 días, impeditivos para sus ocupaciones habituales y sin que le quedaran secuelas.

A su vez, Agustina ha sufrido erosiones en región facial y dorso de la mano derecha, crisis de ansiedad y cervicalgia. Par su curación precisó sólo de una primera asistencia facultativa, tardando en curar 7 días, no impeditivos para sus ocupaciones habituales y sin que le quedaran secuelas".

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Agustina, como responsable en concepto de autora de una falta de lesiones, prevista y penada en el art. 617.1 CP, a la pena de 1 mes multa, con cuota diaria de 4 euros total (120 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y costas, así como que por vía de responsabilidad civil indemnice a Carmela en la suma de 1.050 euros por razón de lesiones y días de curación compensada la cantidad que debería abonar a Carmela por la responsabilidad civil. Que la absuelvo de la falta de injurias por la que venía denunciada.

Que debo condenar y condeno a Carmela, como responsable en concepto de autora de una falta de lesiones prevista y penada en el art. 617.1 CP, a la pena de 1 mes multa, con cuota diaria de 4 euros (total 120 euros)".

SEGUN...

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