STSJ País Vasco , 15 de Septiembre de 2009

PonenteJESUS PABLO SESMA DE LUIS
ECLIES:TSJPV:2009:4523
Número de Recurso1652/2009
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2009
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1.652/09

N.I.G. 48.04.4-08/008987

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 15 de Septiembre de 2009.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y Dª. ELENA LUMBRERAS LACARRA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por la SECCION SINDICAL ESTATAL del SINDICATO U.G.T. y por Leovigildo, contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 9 de Vizcaya, de fecha veintitrés de Marzo de dos mil nueve (autos 867/08), dictada en proceso sobre -Tutela Dchos. Libertad Sindical- (TDF), y entablado por los recurrentes frente a SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA S.A.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1º.-) Por escritura de fecha 09/07/2008 D. Pedro, Secretario General de la Sección Sindical Estatal de la UGT en Securitas Seguridad España, S.A., sustituye en el poder otorgado por D. José Félix Pinilla Roldán, en nombre y representación de la Federación de Servicios de la UGT, a D. Luis Angel, para iniciar procedimientos, exclusivamente, contra la empresa Securitas Seguridad España, S.A., en materias relacionadas con el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, así como con el Convenio Sectorial de Seguridad Privada y del Reglamento de Seguridad Privada.

2º.-) Con fecha 12/02/2008 la Dirección Nacional de Relaciones Laborales de Securitas Seguridad España, S.A. recibe comunicación de D. Pedro, indicando el nombramiento de los cinco Delegados Sindicales Estatales de la sección Sindical Estatal de la UGT de la empresa Securitas Seguridad España, S.A.:

DELEGADOS SINDICALES DE LA SECCION SINDICAL ESTATAL DE LA UGT EN SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA, S.A.:

Benito

Evaristo Aurelia

Leovigildo

Marcial

3º.-) Con fecha 15/10/2008 D. Leovigildo como Delegado Sindical de la UGT en Securitas Seguridad España, S.A. solicita a la Dirección de Securitas petición de información sobre las materias referidas en el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores con relación a los trabajadores que prestan sus servicios en el ámbito de Bilbao. (Documento nº1 de la demanda incorporado en autos por escrito de 21/11/2008 que se da aquí por reproducido).

4º.-) La mercantil demandada viene facilitando al Comité de Empresa de la delegación de Vizcaya información atinente a los extremos referidos en el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, a su vez, el Comité de Empresa pone en conocimiento de los Sindicatos la información facilitada por la empresa. En la reunión constitutiva del Comité de Empresa de fecha 21/03/2002 se acuerda que toda la documentación que entregue el Comité o reciba se hará a través del presidente o la secretaría del comité de empresa. En la reunión de fecha 14/06/2006 del Comité de Empresa con la Dirección de Securitas en la delegación de Vizcaya, la empresa manifiesta que entregará a las secciones Sindicales la misma información que la entregada al Comité de Empresa en aplicación de la legislación vigente.

5º.-) D. Leovigildo es miembro del Comité de Empresa de Securitas en la delegación de Vizcaya, siendo presidente del mismo D. Luis Enrique .

6º.-) La empresa demandada se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad. (BOE de 10 de junio de 2005 ).

7º.-) Ante el Juzgado de lo Social nº8 de Madrid se siguen autos 970/08 sobre tutela de derechos fundamentales formulada por D. Pedro y Dª. Aurelia en nombre y representación de la Sección Sindical Estatal de la UGT en la empresa Securitas Seguridad España, S.A. en materia de tutela de libertad sindical contra la empresa Securitas Seguridad España, S.A., recayendo sentencia de fecha 10/11/2008, que no ha adquirido firmeza.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

Que DESESTIMANDO la excepción de falta de legitimación activa alegada por la demandada así como DESESTIMANDO la excepción de litispendencia aducida por la...

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