STSJ Andalucía 1521/2009, 25 de Mayo de 2009

PonenteJULIO ENRIQUEZ BRONCANO
ECLIES:TSJAND:2009:16095
Número de Recurso589/2009
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1521/2009
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

C.R.M.

SENT. NÚM. 1521/09

ILTMO. SR. D. EMILIO LEON SOLA

ILTMO. SR. D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO

ILTMO. SR. D. MANUEL MAZUELOS FERNÁNDEZ FIGUEROA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a veinticinco de Mayo de dos mil nueve

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 589/09, interpuesto por Marisol contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 6 de los de Granada en fecha veinticuatro de Octubre de dos mil ocho en Autos núm. 413/08, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Marisol en reclamación sobre SEGURIDAD SOCIAL contra INSS, TGSS Y SAS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha veinticuatro de Octubre de dos mil ocho, por la que 1°. Desestimo la demanda de doña Marisol, en reclamación de cantidad, en concepto de reintegro de gastos médicos, siendo demandado el Servicio Andaluz de Salud (SAS), al que absuelvo de las pretensiones formuladas en la demanda.

  1. Tengo a la parte actora por desistid a de su demanda frente al INSS y TGSS.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

Primero

La demandante doña Marisol, mayor de edad, vecina de Pinos Puente, con DNI NUM000, en nombre y representación de su menos hijo Artemio, nacido el 29-10-1999, en el momento de suceder los hechos tenía 6 años, presentó solicitud de reintegro de gastos por asistencia sanitaria de su menor hijo.

Segundo

El mencionado menor fue atendido el 11-09-2006 por el médico de cabecera del centro de salud de Pinos Puentes, a las 16:00 horas. En el parte de consulta se expresa: Paciente de 6 años afecto de miopía. Refiere la madre que esta mañana lo ha llevado a la óptica para cambiarle las gafas graduadas, habiendo observado que no ve con el ojo izquierdo. Visión en el ojo derecha normal, visión en el ojo izquierdo: El paciente da la impresión de que no ve nada. Ante la falta de agudeza visual lo deriva a Pediatria y/o Oftalmología" (folio 150).

El mismo día 11-09-2006 a las 18:06 horas es atendido en el Servicio de Urgencias de Pediatria del Hospital U. Virgen de Las Nieves de Granada, en el que se expresa:

"Exploración: PINLA. MUE. Parece que no ve con el ojo izquierdo (no adivina números, colores...) No parece fingir, pero no es seguro. Se conecta con oftalmología. Se deriva a oftalmología HMQ (hablado con ellos).

Diagnóstico: "D... déficit visual" (folio 15).

Tercero

El menor acude el 14-09-2006 al Instituto de Microcirugía Ocular de Barcelona (IMO) con diagnóstico de "Desprendimiento de retina del 0I".

Constatado el diagnostico, es intervenido el mismo 14-09-2006 bajo anestesia retrobulbar y sedación. Se coloca una banda de 4mm, vitrectomía por tres vías, inyección de perfluoroctano, inyección de aceite de silicona de 1300 cks endofotocoagulación con láser de diodo y sutura.

El 17-01-2007 es intervenido nuevamente del 0I realizando tres esclerotomías, extracción del aceite de silicona, extracción de la membrana epirretiniana, fotocoagualación en la zona nasal y sutura (folio 153).

En el último control realizado por el IMO el 21-05-2007, el menor alcanza una agudeza visual en el OD de 0'4 y en el 0I de 0'1. La retina se halla aplicada (folio 156).

Cuarto

La parte actora presenta factura pagada al IMO por los siguientes conceptos y cantidades:

14-09-2006 Vitrectomia+Lensectomia, importe 5.245'00 #

17 -01-2007 Extracción aceite silicona simple 970'00 #

17-01-2007 Ciclofotocoagulación en quirófano 780'00 #

22-01-2007 Vitrectomia VPP (Reop) 1.140'00 #

22-08-2007 Visita sucesiva 90'00#

22-08-2007 Biometria 110'00 #

29-08-2007 Faco+lente intraocular, lente incluida 1.207'00 #

Total 9.542'00 #

(folios 157 a 161).

Quinto

El menor ha seguido revisiones en el Servicio de Urgencias de Oftalmología del H.U. Virgen de las Nieves de Granada, con posterioridad a la indicada intervención, el 19-09-2006 y octubre de 2006 (folios 189 y 190).

Sexto

La parte demandante solicitó el 26-09-2007 reintegro de gastos ante la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, Delegación de Granada, por la asistencia prestada en el IMO de Barcelona a su hijo Artemio (folio 162).

En fecha 21-11-2007 se dicta resolución de la Consejería de Salud, previo expediente al respecto, desestimando la solicitud de reintegro (folio 171).

Séptimo

Se ha formulado la reclamación previa.

La parte actora reclama en su demanda, interpuesta el día 16-05-2008 que se dicte sentencia por la que se estime el reintegro de gastos médicos prestados por servicios ajenos a la Seguridad Social y se condene al Servicio Andaluz de Salud a abonarle la cantidad de nueve mil quinientos cuarenta y dos euros (9.542 #).

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por Marisol, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y...

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