SAP Pontevedra 198/2012, 23 de Mayo de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 198/2012 |
Fecha | 23 Mayo 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00198/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 de PONTEVEDRA
Domicilio: C/ LALIN Nº 4-1º VIGO
Telf: 986 817162-63
Fax: 986 817165
Modelo: N54550
N.I.G.: 36038 37 2 2012 0500009
ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000001 /2012
Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 2 de VIGO
Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000240 /2011
RECURRENTE: Hilario, REALE SEGUROS GENERALES
Procurador/a: MARIA TAMARA UCHA GROBA, MARIA TAMARA UCHA GROBA
Letrado/a:
RECURRIDO/A: Melchor
Procurador/a: MARIA JESUS VALENCIA ULLOA
Letrado/a:
Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000001 /2012
SENTENCIA nº 198/2012
Ilmo./a. Sr./a MAGISTRADO D/Dña. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA
En VIGO-PONTEVEDRA, a veintitrés de mayo de dos mil doce.
La Sala 005 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA ha visto en grado de apelación, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas de referencia, siendo las partes en esta instancia como apelante Hilario, REALE representados por la Procuradora Dª MARIA JESUS VALENCIA ULLOA y como apelado Melchor, MAPFRE FAMILIAR S.A. representados por la Procuradora Dª TAMARA UCHA GROBA.
El Juez de JDO. INSTRUCCION nº 2 de VIGO, con fecha 20.10.2011 dictó sentencia en el Juicio de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes: "ÚNICO.- Son hechos probados que: El día 3 de diciembre de 2010, sobre las 15.45 horas, Melchor, circulaba a los mandos de la motocicleta de su propiedad marca Yamaha matrícula ....-YFX, por la carretera PO-325, que une las localidades de Vigo y Baiona, haciéndolo en dirección a Vigo; al llegar a la altura de la gasolinera situada en el punto kilométrico
5.8 de la citada vía, se vio sorprendido en su trayectoria por el vehiculo matrícula VE-....-VM, conducido por Hilario, de su propiedad y asegurado en la entidad Reale. El vehiculo que pilotaba Hilario procedía de la gasolinera situada en el margen izquierda de la calzada, según el sentido de la marcha que llevaba Melchor
, y se incorporó a la calzada efectuando un giro a la izquierda no permitido, atravesando una línea continua, y sin asegurarse de que no venían vehículos a su derecha, irrumpiendo de modo sorpresivo en el carril por el que circulaba Melchor, que ante tal situación, evitó la colisión maniobrando hacia la derecha, de modo que la motocicleta que pilotaba se cayó al suelo.
La maniobra ejecutada por Hilario no se encuentra permitida. Existe en dicha salida una señal de prohibición de girar a la izquierda y línea longitudinal continua separando los dos carriles de la calzada. La vía donde se produjo el accidente se encontraba en obras, estando cortado el carril izquierdo en dirección a Vigo, por lo que no circulaban vehículos por el mismo. El tramo de la vía donde tuvo lugar el siniestro es una línea recta, con buena visibilidad.
A raíz de la colisión referida, Melchor fue atendido en el Centro Médico el Castro de Vigo, diagnosticándole erosión en la rodilla derecha, TCE con pérdida de conocimiento,...
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