SAP A Coruña 294/2012, 14 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 14 Junio 2012 |
Número de resolución | 294/2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
A CORUÑA
SENTENCIA: 00294/2012
ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN (LECN) -RPL Nº 51/2012-SENTENCIA
NÚM..
AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCIÓN TERCERA
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
DÑA. MARÍA JOSEFA RUÍZ TOVAR, presidente.
DÑA. MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA.
D. RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA
--------------------------------------------En A CORUÑA, a catorce de junio de dos mil doce.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 3ª de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los autos de MODIFICACIÓN DE MEDIDAS Nº 1184/10, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 3 de BETANZOS, a los que ha correspondido el Rollo RPL Nº 51/12, en los que aparece como parte APELANTES/ APELADOS: -D. Silvio -(DTE), con D.N.I Nº NUM000, y domicilio en c/ DIRECCION000 Nº NUM001 - esc. NUM002 . NUM003 NUM004 -Sada, representada por el Procurador/a Sr/a MIRANDA OSSET y bajo la dirección del Letrado Sr/a. VARELA SÁNCHEZ; y -Dª Eugenia -, con D.N.I. Nº NUM005, -D. Ángel Jesús -, con D.N.I. Nº NUM006, y -D. Ángel -(DDOS NO PERSONADOS), con D.N.I. Nº NUM007, con domicilio en c/ DIRECCION001 Nº NUM008 -Montrove- Oleiros, sobre Disminución pensión alimenticia.
Y siendo Magistrado/s Ponente el/la Ilmo/a. Sr./a. D/Dª MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA.
ACEPTANDO los de la sentencia de fecha 20-09-2011, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de BETANZOS, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Doña Elena Miranda Osset en nombre y representación de Don Silvio
, contra Eugenia, representada por la Procuradora Doña María del Mar Rodríguez acordando la modificación de la pensión de alimentos, en la cuantía de 200 #, más la mitad de los gastos extraordinarios, sean necesarios para su educación o salud y no se encuentren estos últimos cubiertos por la seguridad social o seguro médico. No se hace mención a las costas causadas en este procedimiento".
Interpuesta la apelación por D. Silvio, y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, compareciendo en tiempo y forma para sostener dicho recurso al/la Procurador/ a Sr/a Miranda Osset.
Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por diligencia de fecha 13-Febrero- 12, se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo, designando Ponente y acordando esperar el término del emplazamiento. Se tiene por parte al Procurador/a Sr/a Miranda Osset, en nombre y representación de D. Silvio, en calidad de apelante/apelado/demandante y se tiene por partes como apelantes/apelados/demandados no personados a Dª Eugenia, D. Ángel Jesús, y
D. Ángel, todos ellos con el beneficio de la justicia gratuita. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba ni celebración de vista, quedan los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo cuando por turno corresponda. Por providencia de fecha 22-Marzo-2012 se señaló para votación y fallo el día 12- Junio-2012.
En la sustanciación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, en cuanto no contradigan lo que a continuación se expone.
Se inicia este proceso con la interposición de una demanda de modificación...
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