STSJ Comunidad de Madrid 503/2010, 10 de Septiembre de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 503/2010 |
Fecha | 10 Septiembre 2010 |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00503/2010
PROC. SR. D. ARMANDO PEDRO GARCIA DE LA CALLE
Ltdo. CAM
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
RECURSO Nº 538 de 2006
PONENTE ILMO. SR. D. CARLOS VIEITES PEREZ
S E N T E N C I A Nº 503/2010
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
D. CARLOS VIEITES PEREZ
Dª. Margarita Pazos Pita
Dª. Fátima de la Cruz Mera
En Madrid a diez de septiembre de dos mil diez.
Visto por la Sala del margen el recurso nº 538/2006 interpuesto por el Procurador Sr. García de la Calle en nombre y representación de BPB IBERPLACO, S.A. contra la Resolución de fecha 02 de julio de 2.003 del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de Madrid, por la que se fija el justiprecio de la finca 119 DEF313T del Proyecto de Expropiación variante 506 por desafección al Parque del Sureste clave 1-N-216 por el Término Municipal de San Martín de la Vega. Habiendo sido parte la Comunidad Autónoma de Madrid representada por sus servicios jurídicos.
La cuantía del recurso es superior a 150.000#.
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 09 de septiembre de 2010 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. CARLOS VIEITES PEREZ, que expresa el parecer de la Sala.
Es objeto de este recurso contencioso administrativo la Resolución de fecha 3 de julio de
2.003 del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de Madrid (JTEF) por la que se fijó en la cantidad de
5.822,18 euros, incluido el 5% del premio de afección, el justiprecio correspondiente a la finca 119 DEF 313T del proyecto de expropiación "Variante de la M-506 por desafección al Parque Regional del Sureste Clave 1-N-216", en el expediente 06/PV00017.0/2002, de la que se expropian 4.850 m 2 .
El JTEF otorgó al suelo un valor de 1,08 euros/m2, partiendo de su consideración como no urbanizable y aplicando el método de valoración previsto en el art. 27.2 de la Ley 6/1.998 sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, consistente en hallar la renta por capitalización a partir de un aprovechamiento de labor secano.
De la documental aportada la parte actora no ha acreditado el supuesto daño económico por afectar a la concesión minera en particular en lo que concierne a la potencia explotable. Ya que se presenta un estudio del Departamento de Ingenieria Geológica de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Minas, de la Universidad Politécnica de Madrid en la que se habla genéricamente de la explotación en su conjunto,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS, 27 de Septiembre de 2013
...de la Sala de lo Contencioso- administrativo, Sección Cuarta, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 10 de septiembre de 2010 (rec. 538/2006 ) que se casa y anula en el particular referido a la incongruencia omisiva apreciada en el fundamento jurídico Se desestima el recurso respect......