SAP Alicante 446/2011, 3 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución446/2011
Fecha03 Noviembre 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE

SECCION OCTAVA.

TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA

ROLLO DE SALA N.º 552 ( M- 237 ) 11.

PROCEDIMIENTO: CONCURSO N.º 399 / 08.

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2 DE ALICANTE.

SENTENCIA NÚM. 446/11

Iltmos.:

Presidente: Don Enrique García Chamón Cervera.

Magistrado: Don Francisco José Soriano Guzmán.

Magistrado: Doña Cristina Trascasa Blanco.

En la ciudad de Alicante, a tres de noviembre del año dos mil once.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Istmos. Sres. arriba expresados, ha visto los presentes autos, dimanantes del procedimiento anteriormente indicado, seguidos en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante; de los que conoce, en grado de apelación, en virtud del recurso interpuesto por HIJOS DE AUGUSTO MAS, SL y D.ª Candida, apelantes por tanto en esta alzada, representados por la Procuradora D.ª AMANDA TORMO MORATALLA, con la dirección del Letrado

D. ALFREDO JAVALOYES BURRUEZO; siendo la parte apelada LEANDRO TEROL, SL, representada por la Procuradora D.ª JONE M. MIRA ERAUZQUIN, con la dirección del Letrado D. PEDRO VICENTE DE JUAN PÉREZ, así como LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL Y EL MINISTERIO FISCAL

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos referidos, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, se dictó Sentencia, de fecha 21 de enero del 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " 1.- CALIFICAR como CULPABLE el concurso de HIJO DE AUGUSTO MAS S.L. 2.- DETERMINAR como persona afectada por esta calificación la de la administradora única doña Candida . 3.- INHABILITAR a doña Candida durante DOS AÑOS para administrar bienes ajenos, representar o administrar a cualquier persona, ejercer el comercio o tener cargo o intervención administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales. 4.- EXTENDER a la administradora única doña Candida la responsabilidad por las deudas sociales no satisfechas. 5.-CONDENAR EN COSTAS a doña Candida . ".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte reseñada, y tras tenerlo por preparado, presentó el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a las demás partes. Seguidamente, tras emplazarlas, se elevaron los autos a este Tribunal, donde fue formado el Rollo, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 19 / 10 / 11, en que tuvo lugar. TERCERO.- En la tramitación del presente proceso, en esta alzada, se han observado las normas y formalidades legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada declara culpable el concurso de HIJOS DE AUGUSTO MAS, SL, declara a su administradora única, D.ª Candida, como persona afectada por la calificación, condenándola a dos años de inhabilitación para administrar bienes ajenos, así como para representar o administrar a cualquier persona, ejercer el comercio o tener cargo o intervención económica o administrativa en compañías mercantiles o industriales y, finalmente, extiende a la misma la responsabilidad por las deudas sociales no satisfechas. Esta decisión se funda, dichas sean en síntesis, en que las cuentas del ejercicio 2007 (el ejercicio inmediatamente anterior a la declaración de concurso y, por tanto, de extraordinaria importancia a los efectos de valorar la situación patrimonial de la empresa) no han estado a disposición de la Administración concursal ni de ningún interesado, en el Registro Mercantil o en la sede de la sociedad, suponiendo una actitud gravemente negligente de la administradora de la sociedad el extravío de la documentación contable de dicho ejercicio, todo lo cual es incardinable en el art. 164.2.1 LC (calificación del concurso como culpable en los supuestos de incumplimiento sustancial de la obligación de llevar contabilidad por parte del deudor legalmente obligado a ello).

La parte recurrente alega que la contabilidad del ejercicio del 2007 se "llevó a cabo" y fue auditada, pues la concursada aportó junto al escrito de fecha 1.12.2008 la Memoria, el Inventario de bienes, la relación de acreedores y las cuentas anuales y los informes de los últimos tres ejercicios, entre las cuales estaban las cuentas del ejercicio 2007, auditadas además. Con relación a la documentación contable, se alega que, en el escrito mencionado, ya se decía que se encontraba en el interior de las naves que habían sido el domicilio social de la mercantil concursada, y que fue objeto...

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